La Justicia autoriza el pasaporte covid en la Comunidad Valenciana hasta después de Navidad​

Luz verde al pasaporte covid en la Comunidad Valenciana. El Tribunal Superior de Justicia ha autorizado su implantación para acceder a locales de hostelería, restauración y ocio con un aforo superior a 50 personas, festivales de música y eventos y celebraciones con más de 500 asistentes, así como para visitar a pacientes e internos en hospitales y residencias, entre otras actividades.

De esta forma, los magistrados avalan la resolución de la Conselleria de Sanidad que contiene estas disposiciones y que entrará en vigor cuando se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, algo que se prevé que ocurra entorno al 3 de diciembre, coincidiendo con el puente de la Constitución. La exigencia del certificado europeo en la entrada de estos establecimientos se mantendrá vigente durante treinta días, por lo que sus efectos se extenderán también a las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que son medidas «equilibradas», pues se derivan de ellas «más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto», al tiempo que cumplen el «juicio constitucional de proporcionalidad».

El auto repasa la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la exigencia del certificado de vacunación, presentación de prueba diagnóstica negativa -PCR o test de antígenos- o justificante de haber pasado la enfermedad en los seis meses anteriores para acceder a determinados establecimientos.

Los magistrados argumentan que estas medidas son idóneas para reducir el riesgo de transmisión del virus en los interiores de aquellos lugares donde, por su idiosincrasia, no es posible hacer un uso continuo de la mascarilla.

La resolución alude a los datos científicos recogidos en el informe epidemiológico aportado por la Generalitat, que avalan que el riesgo de infectarse es menor entre vacunados que en no vacunados y que, en caso de infección, la transmisión de la Covid-19 es mucho menor entre personas vacunadas.

Las medidas, por tanto, son necesarias, ya que no se conocen otras «para conseguir el propósito con igual eficacia», y resultan «indispensables si se quiere obtener el objetivo de reducir o -al menos- minimizar el incremento de la transmisión del virus», precisa la Sala.

Evitar nuevas restricciones​

Además, la exigencia del certificado covid busca evitar que se llegue «al escenario de nuevas restricciones de derechos fundamentales mucho más intensas de la que aquí se trata» y el anuncio de su implantación ya ha incentivado la vacunación. De hecho, más de dos mil personas han acudido este fin de semana a los puntos instalados en zonas comerciales de las tres provincias con motivo del 'Black Friday'.

La medida resulta igualmente proporcionada –prosigue el Tribunal- porque «apenas va a producir afectación a la actividad económica» e incluso «puede facilitarla», de forma que obtiene «un buen encaje de las dos piezas más importantes (salud y economía -por este orden-) de este insólito puzle que representa la actual pandemia».

«Nuestro Alto Tribunal –refleja el auto en alusión a la jurisprudencia del Supremo- entiende que este tipo de medida supone una limitación tenue de determinados derechos fundamentales que, al ser enfrentada con la poderosa presencia de otros derechos fundamentales -como la vida o la protección de la salud-, aporta una justificación objetiva y razonable para su adopción».

El TSJCV considera además justificada la implantación del pasaporte Covid en toda la Comunidad Valenciana a la vista de la tendencia homogénea ascendente y generalizada de la curva pandémica en todo el territorio, la previsible movilidad de los ciudadanos ante la proximidad de las Navidades y la aparición de nuevas variantes del Sars-Cov-2.

En cuanto a su exigencia para visitar hospitales y residencias, tanto públicos como privados, los magistrados recuerdan que en estos ámbitos se producen «contactos próximos y prolongados» entre pacientes y visitantes y en ellos se encuentra «la población más vulnerable» y en ocasiones personas con una inmunidad a la enfermedad disminuida.

La Comunidad Valenciana, en riesgo bajo​

Los epidemiólogos de la Generalitat señalan en el informe que se remitió a los jueces que la tranmisión del coronavirus presenta una «tendencia creciente» en toda la Comunidad Valenciana que confirma «el inicio de una nueva onda» con un aumento sostenido de los casos.

«La evolución del número reproductivo básico instantáneo -a cuantas personas contagia un positivo- se encuentra por encima de 1 lo que significa que la epidemia no está controlada», explican. A 22 de noviembre, ese valor se situaba en 1,36.

«La evaluación de riesgo asigna para el nivel de transmisión, riesgo medio o alerta 2, mientras que a nivel hospitalario se mantiene el nivel de riesgo bajo debido a la efectividad de la vacunación. Dado que la implementación de medidas no farmacológicas está relacionada con el desbordamiento del sistema sanitario, especialmente de los servicios hospitalarios, en estos momentos estos indicadores deben tener más peso que el riesgo de transmisión, por ello, asignamos a la Comunitat un nivel de riesgo bajo o alerta 1», apuntan.

Tras decaer todas las restricciones el 9 de octubre, los profesionales han detectado un aumento de la circulación del virus, «aunque esta no viene acompañada de un incremento proporcional en hospitalización y fallecimientos» por la alta tasa de vacunación. Sin embargo, hacen una llamada a la prudencia ante lo que ocurre en otros países europeos como Austria, Bélgica, Países Bajos, Reino Unido o Alemania, con coberturas vacunales inferiores, «máxime cuando nos encontramos en la época de mayor circulación de los virus respiratorios, entre ellos los virus de la gripe, que conllevan, por sí solos, una saturación de los servicios asistenciales».

«No debemos olvidar que la proximidad de las Navidades conlleva de forma tradicional un incremento significativo de la interacción social, con multitud de reuniones de amigos y familiares en una ciudadanía que no pudo celebrar este tipo de eventos el año pasado, de ahí que es el momento oportuno para adoptar medidas no farmacológicas que, junto a la vacunación, puedan minimizar el riesgo de transmisión», zanja el Consell en la propuesta elevada a los tribunales.

 

José Sacristán se convierte en nuevo candidato a pasar por el juzgado para responder por una denuncia de incitación al odio​

José Sacristán ha sido siempre un personaje que se ha caracterizado por arrimarse muy bien al sol que más calienta. Lo hizo estupendamente en la época en la que gobernaba Franco, siendo uno de los actores que participó en más películas, y lo ha hecho de maravilla con la llegada de la supuesta democracia, convirtiéndose desde ese momento en un ferviente opositor comunista al régimen anterior, consiguiendo vivir como un marqués en todo momento.

Es un tipo de mayorías, sin más. Sus principios se basan en remar a favor del viento y si hoy las mayorías dicen una cosa, él se convierte en su estandarte, ahora, si las mayorías al día siguiente dicen lo contrario, él se sumará al nuevo discurso haciéndolo de tal forma que pocos se enterarán de su cambiazo de opinión.

Y ahora, el comunista, el de la solidaridad, el defensor de lo público, se ha unido a la corriente vacudiota. Y lo ha hecho en plan serio. Insultando a quien decide no inocularse y pidiendo, además, que a los no inoculados se les cobre la asistencia sanitaria. Es decir, el no vacunado paga la sanidad con sus impuestos como todo el mundo, pero cuando llegue al hospital tiene que pagar un extra por su tratamiento.

Parece que entre famosos, políticos y periodistas hay una clara competición para convertirse en candidatos a pasar por el juzgado y responder a denuncias de delitos de odio. Ellos sabrán, pero la gente no inoculada ya no está dispuesta a aguantar más insultos y persecuciones, la paciencia ya se ha acabado.



 
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El Supremo avala el uso del pasaporte Covid en el País Vasco por ser proporcionado ante la nueva ola de contagios​

El Tribunal Supremo avala la exigencia del pasaporte Covid en el País Vasco. Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha estimado este martes el recurso presentado por el Gobierno vasco contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de País Vaco (TSJV), que impedía exigir el certificado Covid digital para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes con capacidad para más de 50 comensales.

Desde el Alto Tribunal se considera que, valorando los derechos fundamentales en juego, la medida es proporcionada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, indican las fuentes consultadas. La sentencia, que se dará a conocer en los próximos días, contará con el voto particular del magistrado Antonio Fonseca-Herrero.

Por su parte, la Fiscalía del Supremo también se había pronunciado a favor de la medida implantada por el Gobierno de Iñigo Urkullu al considerar que es "idónea, necesaria y proporcional".

TRES FALLOS SOBRE EL PASAPORTE COVID​

Es la tercera decisión que adopta el Alto Tribunal sobre el pasaporte Covid. En agosto, la Sala de Vacaciones del Supremo no avaló la medida impulsada por la Junta de Andalucía de exigir la obligatoriedad del pasaporte Covid o PCR negativa para acceder a locales de ocio nocturno. Los magistrados desestimaron el recurso del Gobierno andaluz contra el auto del Tribunal Superior de Justicia andaluz, de 6 de agosto, que ya denegó la ratificación judicial de esta medida. El Supremo coincidió con el TSJA en que no se habían justificado en este caso la idoneidad y necesidad de las mismas.

Sin embargo, en septiembre la Sala de lo Contencioso-Administrativo sí autorizó el uso del pasaporte Covid para acceder a establecimientos de ocio y hostelería en Galicia. Lo hizo con el argumento de que el beneficio que proporcionaba la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, era muy superior al sacrificio que comportaba.

Ahora, al analizar la subida de los contagios en el País Vasco, el Alto Tribunal vuelve a dar luz verde a la controvertida medida.




 

Los austriacos no vacunados se enfrentan a penas de prisión​

Los austriacos que se niegan a recibir la vacuna COVID-19 obligatoria antes de que el gobierno imponga una fecha límite enfrentan a prisión y enormes multas por incumplimiento.

Las preguntas sobre qué pasaría con aquellos que todavía se negaban a aceptarlo ahora se han respondido en forma de un borrador que se filtró a los medios de comunicación, según informa el digital Info Wars en un artículo que puedes leer en este enlace.

“Según el proyecto de ley, cualquier persona que se niegue a asistir a una cita de vacunación programada recibirá una citación oficial de las autoridades locales. Si una persona no se presentaba, sería convocada una vez más en las próximas cuatro semanas ”.

“Si también se ignora la segunda solicitud oficial, la persona enfrentaría una multa de 3.600 € o cuatro semanas de prisión. La multa aumentaría a 7.200 € para quienes ya hayan sido multados dos veces por violar el requisito de vacunación “.

Nadie será “llevado por la fuerza” a un centro de vacunación para que lo pinchen en contra de su voluntad, aunque tenga la seguridad de que lo pondrán “a la fuerza” tras las rejas si continúan negándose.

Si se aprueba, la legislación permanecerá en vigor durante tres años, y el gobierno decidirá si recuperarse de COVID es una exención razonable.

Solo estarán exentos las mujeres embarazadas y los niños menores de 12 años, además de aquellos que enfrentan “un peligro para la vida o la salud” al recibir la vacuna.

 

El juez ordena que el niño aislado en un colegio de Granada por no llevar mascarilla vuelva a clase​

Leo, el niño de seis años aislado de sus compañeros en el colegio CEIP Abencerrajes por no poder llevar mascarilla al sufrir un tipo de asma episódico, ha vuelto este martes a clase tras la adopción por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada de medidas cautelares para que pueda volver al centro. En un auto dictado este lunes al que ha tenido acceso GranadaDigital, el juez accede a la medida cautelar solicitado por el abogado de Ruth y Francisco José, sus padres, para "la integración del menor en el aula de Primero de Primaria del Colegio CEIP Abencerrajes, con el derecho a la exención de portar mascarilla".

El auto, contra el que cabe recurso de apelación en un solo efecto ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, reconoce "la necesidad de que la Administración adopte otras medidas complementarias y específicas menos gravosas para garantizar la protección de la salud de todos los intervinientes en el proceso educativo, sin hacer especial imposición de costas” y da respuesta al recurso contencioso administrativo interpuesto por los tutores del menor contra “los actos y acuerdos de segregación escolar […] dictados por la Comisión Provincial de Seguimiento de Medidas Covid en los centros educativos docentes no universitarios.

El abogado de la familia, Luis María Pardo, recuerda en declaraciones a este periódico que la Comisión Provincial de Seguimiento de Medidas Covid no ha notificado "fehacientemente en ningún momento la razón por la que el menor tenía que ir a otra aula". Tras aportar la familia tres informes médicos que desaconsejaban por distintos motivos las distintas soluciones que aportaba el centro, previa instrucción de la Inspección de Educación ordenada por la citada Comisión, los padres decidieron no llevar a su hijo a clase para evitar que fuera "segregado a otra aula". "La normativa prevé que no se puede tratar igual una exención médica al caso de una persona que tiene Covid", explica el abogado de la familia, quien critica que el pequeño comiera solo “como si los demás chicos no se tuvieran que quitar la mascarilla para almorzar".

En conjunto, Pardo califica la decisión de la Comisión como "una medida al borde del delito penal", al tiempo que celebra la resolución de la justicia y reconoce que "cuantos más días pasen con el chico yendo a clase sin que haya problemas, se demostrará que la medida cautelar cobra más sentido". "En la norma estatal no pone que en ninguna parte se tenga que aislar a una persona que no puede llevar mascarilla. Tampoco en la norma autonómica ni tampoco en la del colegio. Estamos al borde del lícito penal. Dictaron una resolución a sabiendas de que es injusta", reitera Pardo.
El jurista remarca la importancia de la adopción de las medidas cautelares al haberse adoptado el procedimiento del Artículo 129 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa. Lo que, a diferencia de las medidas cautelares inaudita parte, permite a la parte aludida de aportar cuanta documentación considere necesaria justificar su decisión. No en vano, el punto tercero del apartado dedicado en el auto a los razonamientos jurídicos especifica que, "en su escrito de impugnación, la Letrada de la Junta de Andalucía opone en primer lugar que se impugnan actos concretos dictados en ejecución de medidas organizativas de prevención personal e higiene en materia de protección contra el Covid-19".

Los padres, "felices pero muy cansados"​

Visiblemente emocionada, la madre de la familia se ha congratulado por la adopción de las medidas cautelares por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada. Ruth, la madre del menor, ha asegurado que tanto ella como su marido están "felices pero muy cansados". "Leo estaba muy nervioso por ir hoy –por este martes– a clase. Muy feliz y muy contento. Con sus compañeros ha ido todo muy bien, aunque es cierto que se ha formado la fila muy pronto", explica la madre visiblemente emocionada.

Ruth confía en que la Junta no recurra en el plazo de 15 días que tiene para hacerlo. "Espero que nos dejen ya tranquilos. Tengo la esperanza de que así sea", expone antes de remarcar que juez ha dejado claro "la falta de procedimiento que ha habido y que no existe la medida. Espero que no recurran porque nos lo merecemos y sobre todo se lo merece Leo". Los padres de Leo creen que este caso debería servir para que "algo así no vuelva a pasar". "Espero que la gente sea consciente del problema que hemos tenido y cómo se le puede dar una solución sin llegar a estos términos. Sobre todo, por las cinco semanas que lleva nuestro hijo en casa", zanja Ruth, quien recuerda "esta medida ha hecho mucho daño a mi hijo, a sus compañeros, y especialmente a nuestro centro y maestros, que no han tenido nada que ver".

 

Grecia multará con 100 euros al mes a los mayores de 60 años sin vacunar​

El primer ministro griego, Kyriakos Mitsotakis, anunció este martes que a partir de enero todas las personas mayores de 60 años deberán vacunarse obligatoriamente contra el covid y, de no hacerlo, serán multadas con 100 euros al mes hasta que se vacunen. "A partir del 16 de enero todos los mayores de 60 años deberán haber al menos concertado una cita para obtener la primera dosis de la vacuna. Tendrán la máxima prioridad en el sistema para ser vacunados. En caso contrario, todos los meses se impondrá una multa administrativa de 100 euros", señaló Mitsotakis durante el Consejo de Ministros. El dinero recaudado con estas sanciones se destinará la la construcción de hospitales públicos, añadió el mandatario griego.

Con esta medida, el líder del Ejecutivo griego pretende hacer frente a las dificultades que experimenta la sanidad pública con el creciente número de hospitalizaciones, en la mayoría de los casos personas mayores y sin vacunar. A pesar de que en las últimas semanas el ritmo de vacunación ha mejorado, de las 580.000 personas mayores de 60 años que continúan sin vacunar "lamentablemente solo 60.000" lo hicieron en noviembre, dijo Mitstotakis para añadir que son las personas de esta edad las que requieren tratamiento hospitalario.

El primer ministro del país heleno puso como ejemplo positivo la situación en Portugal, donde, dijo, la tasa de vacunación de los mayores de 60 años, alcanza el 98%, por lo que "la ocupación de las UCI y las pérdidas son mínimas", para continuar lamentando la situación en su país: "Por el contrario, en Grecia, y a pesar del gran esfuerzo que hemos realizado todos, la tasa de vacunación a estas edades sigue rondando el 83%".

Dos pruebas gratuitas​

Con vistas a evitar una mayor propagación del virus durante las fiestas navideñas, Mitsotakis anunció que se repartirán dos pruebas caseras gratuitas por persona: la primera en el periodo entre el 6 y el 12 de diciembre "para identificar posibles portadores asintomáticos del virus antes de Navidad" y la segunda entre el 3 y el 7 de enero para monitorear la transmisión de la pandemia durante las vacaciones.

Aunque Grecia ha sido de los primeros países en imponer la obligatoriedad de la vacuna, en algunas profesiones -personal sanitario y en los centros de mayores- el índice de vacunación de la población con la pauta completa ronda todavía el 61%. El lunes, 104 personas perdieron la vida a causa del virus. En un país con 10,7 millones de habitantes, se registraron un total de 6.667 casos en un solo día, de los cuales 657 están conectadas a respiradores. En total, Grecia ha registrado hasta el momento 931.183 casos acumulados y 18.067 muertes.