El Gobierno obligará a realizar un curso formativo antes de tener perro

El Gobierno obligará a realizar un curso formativo previo para ser propietario de perros. Así se recoge en el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, dado a conocer este miércoles por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

En el texto se establece por vez primera un marco legal a nivel nacional -frente a las diversas legislaciones autonómicas sobre esta materia- con el objetivo de fomentar la protección animal y prevenir "el alto grado de abandono de animales" en España.

Así, se promueve una normativa con la que garantizar la "responsabilidad" que debe llevar "aparejada" la tenencia de animales. Con ello se "blinda", a ojos de la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, "la mejor característica humana", que es "no ser indiferentes al dolor ajeno". Esta semana, el Congreso aprobó también denegar la custodia compartida de los hijos al padre que maltrate la mascota como forma de coacción.

De este modo, se especifica que, para ser propietario de un perro será necesario "haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales". También se establece que los dueños, propietarios o responsables de canes "deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil".

SÓLO SE PODRÁ VENDER PECES​

No es la única novedad que supone la existencia de un marco común sobre protección de animales. La nueva norma prohíbe el sacrificio de animales, salvo "casos de enfermedad o heridas incurables", o bien "por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente".

En su intención por garantizar la responsabilidad de los propietarios de los animales de compañía, el Ministerio de Derechos Sociales prohíbe "dejarlos sin supervisión" durante tres días consecutivos. En el caso específico de los perros, "este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas".

En esta línea, queda prohibido, entre otros puntos, la cría no autorizada de cualquier especie de animal de compañía, además de la utilización como reclamo publicitario, "excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos".

Además, queda prohibida "la comercialización de animales en las tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces".

Asimismo, queda prohibida la tenencia de animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares.

ACTIVIDADES CULTURALES​

"Los animales silvestres en cautividad deberán residir en entornos naturalizados que respeten sus necesidades etológicas", se concreta sobre las excepciones y casos permitidos, como por investigación científica o conservación de las especies.

Además, en esta ley quedará regulado el uso de animales en actividades culturales y festivas, "estableciendo unas condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de evitar situaciones de humillación, maltrato y muerte del animal".

No obstante, esta legislación no afecta a los espectáculos taurinos, que siguen quedando regulados a través de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

 

Más intervencionismo y control del Gobierno, ¡hasta para tener un perro!​

Se ha hecho público el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, un texto normativo que nos trae más intervencionismo y control por parte del Gobierno, para controlar todavía más nuestras vidas.

Y es que si esta Ley de Protección y Derechos de los Animales se aprobara exigirían a todo aquel que quiera tener un perro a hacer un cursillo. Cursillo que se impartirá por centros homologados por el propio Gobierno -más chiringuitos amigos- y que obligará, además, a pagar unas tasas para la realización del cursillo para poder ser dueño de un can, más impuestos.

Parece que le importa más al Gobierno social comunista el bienestar de los perros que el de los recién nacidos, pues se exigirá un curso para tener un perro en casa pero no se exige nada para ser padre o madre. Cuanto menos curioso…

El caso es que este es un paso más en el intervencionismo de la izquierda, una ideología que tiene como único fin el de controlar a la sociedad, para que la gente actúe y acabe pensando como ellos quieren.

Según el anteporyecto, para ser propietario de un perro será necesario “haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales”, lo raro es que no exijan ese curso para el que tenga una torguga… Pero, ¡tiempo al tiempo!

 
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La nueva Ley de Protección y Derechos de los Animales recoge varias medidas novedosas de las que ya hemos hablado, como el curso obligatorio para tener perro, la prohibición del sacrificio de animales de compañía o el fin de las compras de mascotas para fomentar la adopción, entre otras muchas obligaciones y prohibiciones que debes conocer si eres dueño de un animal de compañía. Entre las medidas propuestas también se encuentra la obtención de un DNI animal.

El objetivo de la Dirección General de Derechos de los Animales para la creación de este DNI para mascotas, que será obligatorio a partir de 2022, es tener una base de datos nacional. Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, ha explicado que es necesario tener identificadas a todas las mascotas para "para garantizar que avanzamos en el camino correcto y en un modelo donde ningún animal sea abandonado a su suerte en España". Pero, ¿cómo será este DNI animal y para qué se podrá utilizar este documento?

¿Qué se sabe sobre el DNI para mascotas?​

Este DNI animal será obligatorio y necesario para la identificación de animales de compañía, perros o gatos, de esta manera será más sencillo castigar y multar al responsable en caso de abandono animal. En ese documento deberán registrarse diferentes datos sobre el animal, como el calendario de vacunas o tratamientos veterinarios a los que se ha sometido, convirtiéndose en una herramienta complementaria al microchip. Además, contará con la coordinación de todas las comunidades autónomas.

Por el momento habrá que esperar para conocer más datos sobre el DNI para mascotas, ya que esto es todo lo que se sabe hasta ahora. Todavía queda concretar cómo sacarse el DNI animal, que desde la Dirección General de Derechos de los Animales tienen previsto implantar a partir de 2022, aunque parece que la gestión del documento caerá en manos de las comunidades autónomas, si bien existirá una base de datos nacional con el fin de facilitar el intercambio de datos entre las diferentes regiones

Otra de las dudas más comentadas es si el DNI animal será físico o digital. Lo que está claro es que deberán registrarse los datos del perro o gato, los antecedentes veterinarios y los datos de contacto del dueño, para poder ponerse en contacto con el responsable en el caso de que fuera necesario. Aunque es probable que el formato del DNI sea electrónico y obligatorio para todas las mascotas y que incorpore un código QR para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para acceder a todo el historial del animal.

El DNI-Animal es una de las medidas estrella del borrador de anteproyecto de la nueva Ley Animal que se presentó el pasado 6 de octubre. Aunque, también recoge otras medidas en favor de los derechos de los animales. Como el criticado curso para tener perro que deberán realizar los dueños de mascotas para acreditar que están capacitados para tener un animal a su cargo. Otro de los aspectos más importantes de la nueva ley es el proyecto Viopet, que nació en el marco del Plan de Contingencia contra la Violencia de Género ante la crisis del coronavirus, y que se trata de una red de refugios que acogerá a los animales de mujeres víctimas de violencia machista. Esta iniciativa se creó que para que las mujeres maltratadas pudieran salir de su infierno sin necesidad de deshacerse de su mascota, ya que durante este proceso no podían estar con ellas y algunas de las mujeres maltratadas preferían no seguir adelante con la denuncia.

 
Podemos ha tirado de ese equipo jurídico tan polémico del que se sirve a menudo para redactar la Ley de Bienestar Animal. Es el proyecto estrella del ala animalista de Podemos, pero el texto está plagado de absurdos y de contradicciones, tal y como hemos visto en otras leyes impulsadas desde la formación morada. Entre esos absurdos está la prohibición de los documentales de animales. Son miles de incoherencias, pero una de ellas, concretamente el artículo 70 de la ley, prohibirá grabar documentales en la naturaleza que muestren sufrimiento animal. Para Podemos, que un león se coma una gacela es ofensivo y, por tanto, no se debe grabar para luego mostrarlo al público. Pero lo que es peor. Matar un mosquito o una mosca de forma intencionada podría costarte una multa de entre 100.000 y 600.000 euros. Total, el artículo 83 de la ley de bienestar animal prevé esas multas para quien mate intencionadamente a «un animal».

El sentido común hace que se sobreentienda a qué se refieren en Podemos con su norma. Pero el famoso equipo jurídico del partido ha dejado entrever su chapucero estilo. El asunto de los documentales es evidente. Para Podemos, es ofensivo que se muestre sufrimiento animal en la televisión. Desde la formación morada se entienden, pero el problema es que esta ley que está enfocada a la emisión de actos o eventos en los que los animales sufren también afectaría a los documentales. ¿Qué documental de animales no muestra sufrimiento animal? Prácticamente todos, pero Sergio García Torres ha traído su sueldo de más de 70.000 euros anuales para solucionar este problema que deja a la sociedad sin aliento.

El asunto de los documentales no es algo que a Podemos le preocupe. Los dirigentes políticos del partido morado entienden que se pulirán estos defectos de forma, pero no aclaran hasta qué punto. El sufrimiento animal es un concepto que está ahí, pero que no se especifica qué es. No se aclara si se habla de un tipo de maltrato a manos del hombre o si directamente que un tigre se coma cualquier otro animal es ofensivo. Pero lo cierto es que tal y como está redactada la ley, los documentales no se podrían emitir porque en el momento que un depredador se alimentara de otro estarían vulnerando la ley de Podemos. Así que… mejor quitarlo de la emisión. Malas noticias para National Geographic. Adiós a sus documentales en España siempre que la formación morada no cambie la redacción de la norma.

Esto en cuanto al artículo 70 de la ley. Si solo el 70 tiene estas chapuzas técnicas, no quiera el lector imaginarse la redacción del resto de puntos de la ley de Sergio García Torres. Son muchos vacíos legales. Demasiados, pues un vídeo de caza tampoco podría emitirse tal y como se muestra en la norma. O un vídeo de un zoológico en el que aparezca un delfín en una piscina o simplemente un animal del zoo comiendo lo que sea también entraría en el mismo saco que representa esa ambigüedad del artículo 70 de la Ley de Bienestar Animal. Pero más grave podría ser el 83, donde el nivel del absurdo alcanza cotas inimaginables.

CUIDADO CON EL COCHE​

El artículo 83 de la Ley de Bienestar Animal puede parecer muy loable si se lee sin darle vueltas. Hablan de multas de entre 100.000 y 600.000 euros a quien mate un animal. El problema es que Podemos no especifica a qué animal se refiere con su Ley. Una mosca, un mosquito, una hormiga, una rata o un gorrión son animales. Hasta ahí creo que todos los españoles y los lectores podrán estar de acuerdo. Pues bien, la clave suponemos que según podemos estará en la intencionalidad. Si se está sentado en casa y un mosquito amenaza con picarle, cuidado con hacerle daño. Si se entera un comisario morado podría grabarle y ante un juez con la ley en la mano podrían imponerle una multa de hasta 600.000 euros.

Desde Podemos ven evidente a qué se refieren, pero no quieren especificarlo en la norma que preparan. No hablan de animales de compañía en base a sus listas positivas ni de ningún tipo concreto de animal. Pero ellos aseguran entenderse. No sabemos si hablamos de mamíferos exclusivamente o de vertebrados. Pero si se te cuela una rata en casa y la matas, también Podemos podría tirar de la Ley para que se abonara una multa de hasta 600.000 euros. Aunque quizás en temas de mosquitos y ratas la formación morada podría «hacer la vista gorda» y dejarte la multa en tan solo 100.000 euros (entiéndase la ironía).

Luego está el coche. Matar esa cantidad ingente de animales podría ser un problema grave. En cualquier fecha del año, el parabrisas presenta decenas de cadáveres que a Podemos podría escandalizarle. Al subirse al coche el lector, ¿es consciente de que va a matar una buena cantidad de «animales? Si lo es, podría entrar dentro del artículo de la Ley y acabar muy mal parado si un juez se entera.

Si se le causan secuelas graves a un animal, el efecto será el mismo. O eso contempla el borrador. Es decir, cuidado a la hora de darle un golpe a un mosquito. Si sale mal parado, pierde una pata o cualquier secuela grave, Podemos le multará con entre 100.000 euros y 600.000.

 

El Congreso aprueba definitivamente que los animales dejen de ser legalmente "cosas"​

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente este jueves una proposición de ley que modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para dotar a los animales de un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales y que sean considerados "seres vivos dotados de sensibilidad" y no como cosas.

La Cámara Baja dio luz verde a todas las enmiendas del Senado excepto una, con lo que vuelve al texto inicial del Congreso de que el juez puede aprobar acuerdos de divorcio, nulidad o separación salvo si son "dañosos para los hijos, gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges o gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía".

La norma regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación y señala que las mascotas no deben ser embargadas o hipotecadas, que no sean abandonadas, que no se les cause sufrimiento o dolor, no se las utilice como herramienta en la violencia de género y que pueda disponerse de ellas por testamento.

Esa triple reforma legal está contenida en una proposición de ley presentada por el PSOE (inicialmente también tenía la firma de Unidas Podemos-En Comú Podem-En Marea, pero esta formación retiró después su coautoría).

Esta iniciativa hereda otras propuestas de la pasada legislatura, concretamente una proposición no de ley presentada por Ciudadanos y una proposición de ley del PP (ambas aprobadas por unanimidad), pero ésta decayó en la fase de ponencia de la Comisión de Justicia tras cerca de un año de trabajo porque las Cortes Generales se disolvieron con la convocatoria de elecciones generales anticipadas.

No obstante, el origen está en una iniciativa legislativa popular impulsada en 2015 por el Observatorio Justicia y Defensa Animal, que recogió más de 500.000 firmas para que los animales dejen de ser cosas en el Código Civil para ser considerados seres sintientes.

La propuesta de 'descosificación' de los animales se suma a cambios legislativos aprobados en otros países o territorios en Europa (Austria en 1986, Alemania en 1990, Suiza en 2003, Bélgica en 2009, Francia en 2015 y Portugal en 2017, así como Cataluña en 2006), o como fuera del continente (Canadá y Nueva Zelanda, por ejemplo).

SIN CUSTODIA DE HIJOS​

Una de las principales novedades del texto en su primer recorrido en el Congreso es que los jueces podrán decidir que los padres no compartan los hijos con sus exparejas cuando vayan a separarse si han maltratado o amenazan con causar malos tratos a animales de compañía como forma de violencia vicaria o de género para controlar o victimizar al cónyuge o a los niños.

La justificación es que pueda utilizarse el maltrato animal como herramienta de control, forma de abuso o de maltrato psicológico o indirecto dentro del ámbito familiar, bien hacia los menores o hacia la pareja, lo cual debe ser considerado por los jueces para conceder o no la guarda conjunta de los hijos.

La proposición de ley introduce un nuevo artículo en el Código Civil que considera que "los animales son seres vivos dotados de sensibilidad" y que el propietario debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando esa cualidad y asegurar "su bienestar conforme a las características de cada especie".

Las medidas que adopte el juez en caso de divorcio, nulidad o separación pueden ser modificadas judicialmente o por un nuevo convenio cuando así lo aconsejen no sólo las necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges, sino también "las nuevas necesidades de los animales de compañía".

Además, la autoridad judicial podrá acordar la participación de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado del animal, y decidir el destino de éste si no hay acuerdo entre los miembros de la expareja, teniendo en cuenta el interés de la pareja separada y el bienestar del animal, y pudiendo prever el reparto de los tiempos de disfrute y cuidado del animal si fuese necesario.

El texto recalca que quien encuentre a un animal perdido deberá entregarlo a su propietario o a quien sea responsable de su cuidado, salvo si hay indicios fundados de malos tratos o de abandono, cuando lo pondrá en conocimiento ante las autoridades competentes. Si lo devuelve al propietario o responsable de su cuidado, podrá reclamar los gastos de curación y cuidado.

La modificación de la Ley Hipotecaria se refiere a que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no estarán incluidos en las hipotecas, y la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil alude a que los animales de compañía no son embargables ante impagos.

En resumen, el texto permite que los animales sean considerados seres sintientes y no cosas, la custodia compartida en casos de separación o divorcio, que los animales no sean hipotecados o embargados y no se les utilice como herramienta de violencia de género o vicaria para controlar o victimizar a mujeres e hijos.

 

Entra en vigor la ley de mascotas en España, ya "seres vivos": ¿qué pasa con mi perro si me divorcio de mi pareja?​

La nueva normativa por la que se deja de considerar a los animales "bienes inmuebles o cosas" para reconocerles su naturaleza de "seres sintientes" o seres vivos dotados de sensibilidad entra en vigor este 5 de enero.

La nueva ley 17/2021, de 15 de diciembre, entra este miércoles en vigor, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y modifica el Código Civil para adaptarlo a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.

Además, la normativa también modifica la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales para que dejen de ser tratados como objetos y para impedir el embargo o la extensión de las hipotecas sobre los animales de compañía.

La ley dispone que "los animales son seres vivos dotados de sensibilidad" y "solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección.

Con su entrada en vigor la nueva norma, estos son los puntos más importantes de la ley.

¿Qué pasa con mi mascota si me divorcio?​

En los casos de nulidad, separación o divorcio, los jueces determinarán el futuro de los animales de compañía. Estas medidas podrán ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias acordadas.

La autoridad judicial determinará que los animales de compañía serán cuidados por uno o ambos cónyuges, así como el reparto de los cuidados del animal, atendiendo siempre al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal.

Violencia de género y maltrato animal​

Por otra parte, no se procederá al cuidado conjunto de la mascota cuando cualquiera de los padres se encuentre en un proceso penal por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.

Tampoco procederá cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia de género. Se apreciará también a estos efectos la existencia de malos tratos animales, o la amenaza de causarlos, como medio para controlar o victimizar a cualquiera de estas personas.

¿Y si fallece el dueño del animal de compañía?​

En el caso de que en un testamento no se especifique nada en relación con los animales de compañía, estos se entregarán a los herederos que los reclamen de acuerdo con las leyes.

Si no fuera posible entregarlos de inmediato, para garantizar el cuidado del animal, se entregará al órgano administrativo o centro que tenga encomendada la recogida de animales abandonados hasta que se resuelvan los correspondientes trámites por razón de sucesión.

En el caso de que ninguno de los sucesores quisiera hacerse cargo del animal de compañía, o que varios lo reclamasen, el órgano administrativo competente podrá cederlo a un tercero para su cuidado y protección.

En cuanto a la Ley Hipotecaria, los préstamos no podrán comprender a las mascotas ni ser sujetos de embargo si la vivienda sí lo fuera.

¿Qué tiene que ocurrir para perder la posesión de un animal?​

El poseedor puede perder la posesión del animal de compañía por las siguientes causas:

1. Por el abandono del animal.

2. Por cesión gratuita del animal a otra persona.

3. Por destrucción o pérdida total de la cosa, por muerte o pérdida del animal, o por quedar la cosa o el animal fuera del comercio.

4. Por la posesión de otro, aun contra la voluntad del antiguo poseedor, si la nueva posesión hubiese durado más de un año.

Si encuentro un animal abandonado, ¿qué debo hacer?​

Quien encuentre a un animal perdido deberá devolverlo a su propietario o a quien sea responsable de su cuidado, si conoce su identidad.

En el caso de intuir que el animal sea objeto de malos tratos o de abandono, no se deberá devolver a su propietario responsable de su cuidado, poniendo en conocimiento de manera inmediata dichos hechos ante las autoridades competentes.

¿Qué ocurre si vendo mi mascota?​

El vendedor de un animal responde frente al comprador por el incumplimiento de sus deberes de asistencia y cuidados necesarios para garantizar su salud y bienestar, si el animal sufre una lesión o enfermedad.

El vendedor también responde frente al saneamiento del animal.

¿Y el DNI para mascotas?​

A pesar de que se elucubró sobre un posible DNI para las mascotas, que contemplaba la creación de una base de datos nacional de mascotas para "garantizar que avanzamos en el camino correcto y en un modelo donde ningún animal sea abandonado a su suerte en España", según dijo Ione Belarra, la publicación del BOE no contempla su creación.

 

La nueva legislación de las mascotas está hecha por locos​

La idiocia podemita, ha vuelto hacer de las suyas. Las mascotas urbanitas tendrán un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales, dejaran de ser semovientes, como hasta ahora, para pasar a tener la figura jurídica de «seres vivos dotados de sensibilidad» , lo que les dará estatus de cuasi miembros de la familia.

Para conseguir este ridículo y enfermizo cambio legislativo, se ha tenido que reformar, nada menos, que el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria.

Esta ley, ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado y estará en vigor el 5 de enero de 2022.

La reforma no es más, que la continuación de las intenciones de los comunistas de destruir el campo y la ganadería. Con ello, pretenden derribar las vallas de las granjas para que los animales puedan circular a su libre albedrío, mientras aplauden y admiran a los regímenes políticos que han convertido a sus ciudadanos en animales, les encierran las fronteras y les obligan a vivir en grandes granjas de las cuales no pueden salir, y todo ello, a causa de la misma ideología que en España desea destruir las granjas de animales. Tenebrosa contradicción.

Pero esta modificación legal realizada por el gobierno socialista y sus señores comunistas, es la consecuencia de la existencia en nuestra patria, de una sociedad muy enferma, que entre otras de sus enfermedades, tiene la anomalía psicológica llamada antropomorfismo.

De esta sociedad ovina contemporánea a nuestro tiempo, que recibirá esta ley sin rechistar, han surgido y surgen cada día más individuos que todos conocemos, que tratan como seres humanos a sus animales de compañía. Hace poco tiempo, a mis hijos y a mí nos apenaba ver, como un individuo celebraba el cumpleaños de un perro en la terraza de un bar, dándole a comer una terrina de helado con dos velitas. Posteriormente, y en el mismo día, observamos como una mujer paseaba en carrito a un perro que llevaba vestido ridículamente, con ropa de ganchillo de colores chillones. Pero esto no acaba aquí, el día anterior habíamos observado, como otro individuo iba hablando con el perro por la calle, haciéndole ver que no estaba bien para el higiene del chucho, haber olido el culo a otro colega perruno, y todo ello, tras un encuentro casual de ambos carnes en torno a un arbolito meable.

Esta locura de comportamientos de seres humanos capaces de vestir a su perro con ropa que sólo sirve de adorno, pintar las uñas al perro o pasearlo en carrito en lugar de que camine y pueda oler a otros animales, son actividades psicopatológicas del dueño del animal que dañan la personalidad biológica del perro.

Todos estos ciudadanos urbanitas, tratan de interpretar los gestos instintivos y atávicos de los animales, desde una perspectiva humana, mostrando, según los últimos estudios realizados sobre estos comportamientos realizados por seres humanos, que estos pueden padecer un trastorno psicopatológico, llamado antropomorfismo.

Según la revista Psycology Today, el antropomorfismo es una psicopatología que hace que existan personas que atribuyan características o comportamientos humanos, a entidades no humanas, incluidos los animales.

Por ejemplo, este comportamiento es negativo y puede generar en maltrato cuando los dueños de las mascotas, ignoran las necesidades inherentes de la especie canina y le tratan al perro como si fuera un bebé, ya que la alteran y distorsionar su lenguaje, e impiden que desarrollen una vida de acuerdo con su especie y satisfaga sus exigencias, provocando niveles de estrés crónico, ansiedad, inseguridad y miedos al animal, así como daños a su salud física y pérdida de su función zootécnica.

Pues si la psicopatología era la única enfermedad que suponíamos existía en el Consejo de Ministros, ya conocemos otra enfermedad psiquiátrica que planea por la Moncloa: el antropomorfismo, que en su más rancia expresión, ha llevado a que desde la publicación de esta modificación legal en el BOE, los animales de compañía tendrán a partir de ahora en España ,un estatuto jurídico diferente al que habían tenido hasta ahora.

¿Qué se regula en esta norma?​

La reforma legal comienza con la custodia compartida de las mascotas en caso de divorcio o separación. La contradicción es tremenda por parte del “legislador” animalista. Mientras las feministas y podemitas se niegan a regular como obligatoria la custodia compartida para los padres de hijos “humanos” menores, en el caso de animales de compañía, se hace necesaria la custodia compartida.

Se incorpora un artículo en el Código Civil, donde se dispone que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad y donde se regula que el propietario debe ejercer sus derechos y deberes sobre el animal respetándole su cualidad y el dueño debe de asegurar el bienestar de la mascota, conforme a las características de cada especie. No se dice nada sobre cómo se ha de respetar las características de la especie serpiente pitón o sobre un hámster. Todo cabe en el mismo saco.

En caso de divorcio, nulidad o separación, si se han adoptado medidas regulatorias por un juez, estas también pueden ser modificadas judicialmente ante «las nuevas necesidades de los animales de compañía», llegándose a dictar un nuevo convenio, no sólo ante las necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges, sino también por motivos relacionados con las mascotas.

A su vez, en este nuevo convenio puede disponer por el juez, que los cónyuges deban de participar en los gastos de manutención y cuidado del animal, e incluso condenar a uno de ellos a pagar los gastos de la mascota, como si de un hijo más se tratara. El juez, también podrá decidir que la custodia del animal recaiga sobre uno de los cónyuges, con un régimen de visitas perruno, con vacaciones incluidas, todo ello en pro del bienestar animal.

Para colmo, te puedes quedar sin ver al perrito en el caso de que el juez decida que no puedes ver al can, si existen denuncias de maltrato o amenazan con causar malos tratos a animales de compañía como forma de violencia vicaria o de género para controlar o victimizar al cónyuge o a los niños.

Nace la violencia vicaria ejercida contra el ex cónyuge, con raíz en el maltrato animal como herramienta de control, forma de abuso o de maltrato psicológico o indirecto dentro del ámbito familiar, bien hacia los menores o hacia la pareja, lo cual debe ser considerado por los jueces para conceder o no la custodia de los hijos. Tremenda nueva arma feminista contra el cónyuge varón.

A su vez, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, profundiza en que los animales de compañía, no pueden ser embargados o hipotecados.

En el sumun de la reforma, también se regula que las mascotas no puedan ser abandonadas, ni se les pueda causar sufrimiento o dolor, mientras con la ley actual, no se penaliza que los familiares cercanos abandonen a un abuelo enfermo, en una gasolinera para irse de vacaciones.

Por último, la locura animalista continúa con la manifestación de intenciones de esta norma, que regula la imposibilidad de utilizar a los animales de compañía, como herramientas en la violencia de género. En contradicción con esto, todos hemos vivido estos días como una madre secuestraba a sus hijos, con la excusa ridícula de haberlo hecho para no vacunarles, y todo ello, con el beneplácito del engendro periodístico y político de lo políticamente correcto, que presionaba a la policía para que cambiara el informe policial y se pudiera ocultar que sólo había devuelto a sus hijos al padre, cuando se sintió acosada por las fuerzas de orden público.

La modificación de la Ley Hipotecaria incide en que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo, no podrán ser hipotecados.

Por último, he de destacar de la reforma, que se regula en la misma, el poder disponer de las mascotas en el testamento, lo único coherente de esta locura.

 
La mayoría de los psicólogos están de acuerdo en que una mascota aporta numerosos beneficios a los niños a la hora de adquirir responsabilidades, mejorar la salud psicológica y fomentar la autoestima y la empatía. Por su pequeño tamaño y su relativamente fácil cuidado, las más recomendables para iniciarse son el hámster, las cobayas, conejos, tortugas o algunos tipos de pájaros. Sin embargo, todos esos animales estarán prohibidos con la nueva ley de Bienestar Animal de la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, gracias a la implantación de lo que se denomina "listado positivo".

El listado positivo es, como su nombre indica, una lista de las especies que el ministerio de Belarra nos permitirá tener como animal de compañía. Por el momento no se ha presentado de forma oficial, pero según los criterios de selección recogidos en el artículo 44 de la ley de Bienestar Animal, todo apunta a que la lista va a ser muy corta. De hecho, "si lo tomas al pie de la letra, estaría prohibido tener cualquier animal", señala el veterinario Manuel Fuentes, cetrero y miembro de la asociación Nostra Terra. Por eso, alerta Fuentes, "el listado positivo es uno de los aspectos más dañinos de esta ley. Es el fin de la cría en cautividad de prácticamente todas las especies animales".

De entrada, todos los roedores de compañía (ratón, hámster, chinchilla, cobaya…) pasarán a estar prohibidos. El motivo es que, según la ley de Belarra, "no se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies para las que exista certeza de su carácter invasor o que, en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad". Esto también excluye de la lista a los conejos que, con más de millón y medio de ejemplares censados en 2020 según ANFAAC, es otra de las mascotas más populares para los más pequeños de la casa.

Por supuesto, el listado positivo también acabará con la posibilidad de tener ciertos pájaros como los periquitos, cotorras, agapornis… Y otra especie de animal de compañía, también muy popular para los que quieren iniciarse en el mundo animal, serán las tortugas, en la lista negra porque según el jefe de acciones de conservación de MITECO, Luis Mariano González García, "los últimos estudios develan que contienen una cantidad de vectores patógenos terribles, como hongos parásitos", aunque no son letales, afirmó en el programa Biodirectos.

"Pero es que si tomas al pie de la letra este artículo, estaría prohibido tener gatos", señala Fuentes. "El gato transmite la toxoplasmosis, hongos… cantidad de enfermedades. Pero además, el gato es un superdepredador y si se escapa puede cazar pequeñas aves y pequeños mamíferos, así que el gato también se habría caído del listado positivo".

Prohibidos los periquitos​

Otro de los artículos de la ley de Bienestar Animal señala que "no se incluirán en el listado positivo de animales de compañía individuos de especies silvestres protegidas, especialmente las incluidas en el régimen de protección especial, tanto en el ámbito estatal como autonómico, o especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión europea y/o los tratados internacionales ratificados por España, sin perjuicio de lo señalado para las aves de cetrería".

Con este artículo se eliminan todas las especies que no sean autóctonas en España, es decir, prácticamente todas las serpientes y arañas, todas las aves originarias de otros países, la mayor parte de los reptiles como iguanas, camaleones, geckos…

"Los periquitos no están de forma natural en España. Son australianos. El diamante mandarín es australiano… España es una potencia mundial en criadores de animales exóticos y es la segunda de la Unión Europea que tiene más aves ornamentales y más terrarios. Es decir, somos punteros. Y todo eso se perderá con esta ley", alerta Fuentes.

De hecho, tal y como está redactada la ley de Bienestar Animal propuesta por Belarra, supondría la extinción de muchas especies. "Si a las personas se les prohíbe criar este tipo de animales, simplemente habrá muchos que desaparecerán porque ya no existen en sus hábitats naturales" y lo que se está haciendo, explica Fuentes, "es coger animales criados en cautividad para repoblar y todo eso, se estaría prohibiendo con esta ley". Según Fuentes, "lo que están intentando es confundir a la opinión pública mezclando el tráfico ilegal de animales con la cría legal y ordenada en cautividad, que no tiene nada que ver".

"Prohibido todo"​

Otro de los criterios para eliminar animales del listado positivo es el criterio de salud y seguridad de las personas, que a priori parece razonable, pero cuya redacción supone un nuevo despropósito: "Solo se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies de animales no peligrosas, o que no supongan riesgos para la salud o seguridad de las personas u otros animales, o ningún otro peligro concreto".

Todos los años se registran ataques de perros a humanos, algunos de ellos incluso con resultado mortal para la víctima. De hecho, entre 2010 y 2019, veinte personas murieron en España a causa de ataques de perros, trece de ellas, menores de edad. "Y la ley habla de especies animales, no de razas o individuos, y en este caso la especie es el perro. Así que como hay ataques todos los años, el perro quedaría eliminado del listado positivo", señala Fuentes. "Este proyecto de ley, tomado al pie de la letra, lo podemos resumir en dos palabras: prohibido todo".

Fuentes opina que la ley es "una coartación brutal de libertad personal" que le dice a las personas qué animal le tiene que gustar. "Al final todo esto es porque son lobbies con una mentalidad que quieren imponer al resto de la sociedad".

El listado holandés: el búfalo agua es mascota​

Por el momento la ley solo recoge los requisitos que debería cumplir un animal para ser considerado mascota, aunque todavía no existe un listado como tal. Según el propio texto legal, en "un plazo máximo de cuarenta y ocho meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno elaborará y desarrollará el Real Decreto que desarrolle el listado positivo de animales de compañía".

Los Países Bajos fueron los primeros en crear el listado positivo para regular el tipo de mascotas de los ciudadanos. El 1 de febrero de 2015, el Ministerio de Asuntos Económicos holandés presentó una lista de mamíferos que fue invalidada dos años más tarde por un tribunal que consideró que esa selección no había contado con un asesoramiento científico "transparente y verificable".

El pasado mes de julio se volvió a presentar un nuevo listado positivo que entrará en vigor el 1 de enero de 2024. La lista se reduce a 30 especies permitidas como mascotas entre las que se incluyen varios tipos de roedores (rata marrón, hámster, ratón, cobaya o jerbo), conejos, hurones, perros y gatos, pero también otros mucho más peculiares como la alpaca, el ciervo acuático chino (Hydropotes inermis), el camello, jabalí, la llama o el búfalo de agua o búfalo asiático (Bubalus arnee bubalis).

 

La Ley animalista multará con hasta 10.000€ a quien deje sus peces sin supervisar más de tres días​

El proyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales que continúa su tramitación tras superar hasta tres enmiendas a la totalidad formuladas el pasado 6 de octubre, continúa generando polémica. Su articulado ha sido redactado desde los postulados animalistas más radicales y recoge obligaciones tan discutibles como la de la obligatoriedad de supervisar a animales de compañía como los peces al menos cada tres días, bajo sanción de entre 500 y 10.000 euros.

Obligados a buscar a alguien que revise el estado de sus peces​

El borrador de la polémica ley animalista impulsada por el Gobierno y que cuenta con una fortísima oposición que se materializó en la masiva manifestación del mundo rural el pasado 20 de marzo en Madrid, establece en su artículo 27. i) la prohibición de «dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos». «En el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas», añade. Pero ¿qué es un animal de compañía y qué especies pueden ser consideradas como tal según el proyecto presentado en el Congreso de los Diputados?

¿Qué es un animal de compañía para esta ley?​

En el Artículo 3, el proyecto de ley animalista define como animal de compañía a todo «animal doméstico o silvestre en cautividad, mantenido por el ser humano, siempre que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial o cualquier otro fin comercial o lucrativo y que pertenezca a una especie que esté incluida en el listado positivo de animales de compañía».

Además, el punto 4 de su artículo 45 especifica que «se incluyen en el listado positivo de animales de compañía los que tengan la consideración de animales domésticos tal como se definen en la ley 8/2033, de 24 de abril, de sanidad animal, así como las aves de cetrería y los peces ornamentales no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras».

Por tanto, queda expresamente prohibido dejar sin supervisión su estado independientemente de si se encuentran en una charca privada o en el interior del domicilio dentro de una pecera, aunque cuente con un dispensador de comida automático. Es decir, de salir adelante esta nueva normativa, si te ausentas de tu casa más de tres días tendrás que buscar a alguien que se encargue de revisar el estado de tus peces. De lo contrario te enfrentarás a una sanción.

¿A cuánto puede ascender la multa por no vigilar a mis peces en tres días?​

El artículo 81 del Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales especifica que «se considerarán infracciones leves las conductas que, por acción u omisión, conlleven la inobservancia de las prohibiciones y obligaciones establecidas en esta Ley, siempre que no estén tipificadas como graves o muy graves». Por lo tanto en concreto para este caso la infracción sería considerada leve y llevaría aparejada una multa de 500 a 10.000 euros.

¿Qué hacemos con las tortugas y otros reptiles que hibernan?​

La situación más hilarante llegaría en el caso de tener que hacer lo mismo con algunos de los reptiles que hibernan -tortugas, serpientes…- y que permanecen inmóviles durante meses. De hecho, hay especies de tortugas que se entierran en el jardín durante el invierno y que vuelven a reaparecer en primavera. ¿En ese caso debemos desenterrar a la tortuga cada tres días para supervisar que está bien? El proyecto de ley no lo aclara.

De este tipo de situaciones se denota que la redacción del texto ha sido creada desde el más profundo desconocimiento de la realidad de los animales en España y atendiendo única y exclusivamente a la ideología animalista sin contar con la opinión de utilidad de representantes de las tiendas de animales, ganaderos, cazadores y demás sectores implicados. La comunidad científica, por su parte, ya ha alertado en varias ocasiones de la falta de rigor de la ley en una carta firmada por más de 800 investigadores y algunos personajes públicos como Frank Cuesta han denunciado que el texto realmente busca conseguir financiación pública para los chiringuitos animalistas.

Más sanciones de hasta 10.000 euros en la ley animalista​

El régimen sancionador de la ley animalista impulsada por el Gobierno establece otras llamativas prohibiciones con sanciones similares a lo expuesto anteriormente. Por poner tres claros ejemplos, citaremos la de ejercer la mendicidad con perros, el caso de que tu perra se quede preñada por accidente o la prohibición de «mantener de forma habitual a perros y gatos en patios y similares».

 

Las plagas de jabalíes y ratas que sufre Barcelona se contagiarán al resto del país gracias a la ley animalista​

Barcelona ha sufrido a lo largo de 2022 un descontrol de la plaga de jabalíes ya asolaba la ciudad. El Ayuntamiento de Ada Colau se ha visto obligado a lanzar un plan de choque contra estos animales. Y es que las incursiones de estos mamíferos se han multiplicado en la Ciudad Condal a lo largo de la última década.

Tal es así que los vecinos de barrios colindantes a la montaña como El Carmel, Nou Barris o Vallvidrera creen que los jabalíes ahora son más y campan a sus anchas. El confinamiento, con el obligado repliegue humano, descontroló la plaga, pero no es el único factor. Existen otros condicionantes, como las mal llamadas colonias felinas, que bajo el paraguas de la nueva ley animalista que pretende sacar adelante el Gobierno, sirven y servirán de señuelo.

Christian Gortázar, catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha e investigador del Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos (IREC), cargaba el pasado martes, en un desayuno informativo organizado por la Fundación Artemisan, por los quebraderos de cabeza que traerá la aplicación de la mencionada Ley de Bienestar Animal, que entre otras cosas, sobreprotege las colonias felinas, lo cual puede ser el pegamento perfecto para la proliferación de plagas de ratas o jabalíes, atraídas por el alimento que las personas precisamente dejan a los gatos.

Las colonias felinas​

El proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales, recoge, en su capítulo VII, lo predispuesto con las colonias felinas en las ciudades.
El Programa de Gestión de Colonias Felinas recoge el «fomento de la colaboración ciudadana» para el cuidado de los gatos comunitarios.

Según Gortázar, los gatos no confinados «causan impactos negativos que afectan a la habitabilidad en el medio urbano, a la conservación de la biodiversidad y a la salud pública», debido a que estos animales callejeros acceden a contenedores de basura, dispersando su contenido.

Además, se ha demostrado que, como ha ocurrido en Barcelona –con su consiguiente problema mayor–, hay más jabalíes urbanos en zonas próximas a estas colonias.

La abundante disponibilidad de comida para estos gatos, habiten en colonia o no, provoca también la llegada de otras plagas indeseadas, como las ratas.

 

Adiós a las tortugas, conejos y periquitos en casa​

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 encabezado por la ministra Ione Belarra ha impulsado la Ley de Bienestar Animal. Su objetivo es cuidar del medio ambiente y proteger a determinadas especies para que permanezcan en su medio autóctono. También busca evitar posibles ataques a humanos por parte de las especies, ya sea por su comportamiento agresivo o porque pueden transmitir enfermedades peligrosas. Por ello, a partir de 2023, fecha en la que entrará en vigor esta medida, una larga lista de mascotas estarán prohibidas.

¿Qué animales no podré tener en casa?​

  • Conejos
  • Cobayas
  • Chinchillas
  • Ratones
  • Hámsteres.
  • Cerdos vietnamitas
  • Tortugas
  • Erizos
  • Arañas
  • Serpientes
  • Iguanas
  • Lagartos
  • Camaleones
  • Geckos
  • Cotorras
  • Agapornis
  • Periquitos
  • Especies de otros países
Si no se comunica la presencia de uno de estos animales en casa antes de que entre en vigor la ley, el propietario podrá ser castigado con multas y en los casos más graves con prisión.

Sanciones por maltrato animal​

Además, los castigos por maltrato animal se endurecen tras una reforma del Código Penal y se establecen las siguientes condenas:
  • Si el animal muere: penas de cárcel de entre 18 y 24 meses e inhabilitación de entre 5 y 10 años para vivir o trabajar con animales
  • Si muere y hay más de un agravante: 36 meses de cárcel más la inhabilitación anterior
  • Las infracciones leves se castigarán con una multa de entre 500 y 10.000 euros, las graves de entre 10.001 y 50.000 y las muy graves con sanciones de entre 50.001 y 200.001 euros.

Cursos para tener perro​

Por último, todas las personas que deseen tener un perro o ya lo tengan dispondrán de un máximo de dos años para completar el curso que les capacita para ello. De esta forma, se pretende reducir la tasa de abandono, el maltrato y asegurar su bienestar.

 

Así funciona el gran lobby europeo que está detrás de la ley animalista de Belarra​

El principal grupo de presión animalista europeo opera en España a través de Faada, ANDA, AAP Primadomus y AnimaNaturalis.

Detrás de la ley de Bienestar Animal propuesta por el Ministerio de Ione Belarra está uno de los mayores lobbies animalistas europeos: Eurogroup for Animals. Esta organización, con sede en Bruselas, representa a más de 80 asociaciones animalistas de casi todos los estados europeos. Desde hace 40 años, actúan como un grupo de presión político en el Parlamento Europeo y la Comisión Europea y el Consejo de la UE. También se encargan de coordinar a las diferentes organizaciones animalistas asociadas para que actúen como foco de presión en sus respectivos países.

Eurogroup for Animals es el responsable de gran parte de la regulación de las políticas europeas de bienestar animal en las granjas europeas y su presidente, Philip Lymbery, es un firme defensor de reducir el consumo de carne y lácteos. Su hoja de ruta ideológica también incluye eliminar la experimentación con animales, la defensa de los grandes carnívoros (lobo), regulaciones más estrictas en los mataderos y la protección de los peces en la pesca.

Eurogroup for Animals opera en España a través de cuatro tentáculos: Faada, ANDA, AAP Primadomus y AnimaNaturalis. Para llegar a intuir su amplia influencia en las políticas del Gobierno de Pedro Sánchez, hay que explicar que el director general de protección animal en España, Sergio García Torres, fue coordinador de AnimaNaturalis en Madrid. Además, la presidenta de Faada intervino junto a las ministras Irene Montero y Ione Belarra en la presentación del anteproyecto de la ley de Bienestar Animal el pasado 6 de octubre de 2021, en la que expresó su deseo de un "cambio real" para que se reconozcan "los derechos de los animales no humanos".

Animalistas con dinero público​

Faada es la fundación más combativa con la enmienda propuesta por el PSOE para excluir a los perros de caza de la ley de bienestar animal. A pesar de ello, el Gobierno le ha concedido a dedo una subvención de 154.500 euros "para la ayuda a personas vulnerables con animales de compañía", aunque esa función no figura en sus proyectos. Faada asegura que obtiene el 99% de su financiación de fuentes privadas, aunque no especifica el total de los ingresos que percibe.

No es la única fundación agraciada con dinero público en los Presupuestos Generales del Estado de 2023: Amigos de la Tierra (250.000 euros), Ecologistas en Acción-CODA (700.000 euros), la Sociedad Española de Ornitología SEO/BIRDLIFE (700.000 euros) y WWF (700.000 euros). Esto supone un total de 2,35 millones de euros para asociaciones animalistas y ecologistas que se suman a los 7,48 millones que se lleva el departamento que dirige Sergio Torres.

Por su parte, AAP Primadomus es una fundación internacional, de origen neerlandés, que cuenta con sedes en Países Bajos, España y Alemania. También cuenta con dos centros de rescate de primates y otros mamíferos exóticos en Villena (Alicante) y Almere (Países Bajos). AAP Primadomus es el principal inductor del listado positivo que quiere imponer el Gobierno para eliminar a los animales exóticos de la lista de mascotas permitidas (hámster, loro, camaleón, tortuga, periquito…). Su objetivo es que este listado se imponga a nivel europeo. Según su propio informe, AAP Primadomus ingresó 11,34 millones de euros en 2021, de los cuales un 12,3% procede de subvenciones estatales.

La agenda ideológica animalista​

Según ha explicado el veterinario Manuel Fuentes, que también es cetrero y miembro de Nostra Terra, "estos lobbies trabajan con una serie de objetivos anuales". "En el año 2019, el objetivo principal de estos grupos eran los animales de granja. Y ya llevamos un tiempo viendo cómo se criminaliza la carne, las macrogranjas y el impacto ambiental del consumo de carne".

"En el año 2020 el objetivo fue la hiperprotección de los grandes carnívoros europeos y como consecuencia, el 21 de septiembre del año pasado, el lobo pasó de ser considerado especie cinegética a introducirse en el listado de Especies de Especial Protección con lo cual, se prohíbe su caza. Objetivo cumplido".

"En el año 2021, el objetivo era prohibir los animales de circo (...) y en la ley de bienestar animal figura literalmente la prohibición de animales en circo. Y para este año, el objetivo son los animales de experimentación, que están excluidos del proyecto de ley de Bienestar Animal, y la acuicultura".

En este sentido, AAP Primadomus insiste en que "sacar a los peces de su hogar acuático los somete a dolor y sufrimiento", motivo por el cual piden que se incluya el bienestar de los peces silvestres en la industria pesquera. "En 2017-2018 colocamos firmemente el bienestar de los peces en la agenda política de la UE, en 2019-2023 extenderemos la atención sobre el bienestar de los peces a la pesca de captura silvestre y estableceremos el bienestar como una parte legítima e importante de las discusiones sobre política pesquera".