Todo sobre el caso de La Manada

Confirman la sentencia de nueve años de cárcel a La Manada por abuso sexual

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de nueve años de prisión que impuso la Audiencia Provincial a los integrantes de la Manada por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento por los hechos ocurridos durante los Sanfermines de 2016 con una resolución que ha dividido a la Sala, ya que dos de los cinco magistrados apostaban por endurecer las penas impuestas hasta los 14 años de cárcel al defender que incurrieron en un delito de agresión sexual continuado.

El fallo, adoptado por la mayoría de los otros tres jueces, desestima de este modo los recursos de la Fiscalía y las acusaciones particular y populares para que los cinco jóvenes sevillanos fueran condenados por un delito de agresión sexual, y también los de las defensas, que reclamaban su absolución al sostener que fueron relaciones sexuales consentidas. La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, que tendrá la palabra en última instancia ya que es previsible que las partes agoten la via judicial para lograr sus pretensiones.

En todo caso, el pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJN -integrado por los magistrados Joaquín Cristóbal Galve (presidente), Francisco Javier Fernández Urzainqui, Alfonso Otero Pedrouzo, Miguel Ángel Abárzuza Gil y José Antonio Álvarez Caperochipi (ponente)- sí ha estimado uno de los motivos de los recursos, el relativo a la absolución de los inculpados del delito contra la intimidad por la grabación parcial de los hechos.

Ahora, el TSJN ordena a la Sección Segunda de la Audiencia, que no entró a valorar este delito, que una vez sea firme la resolución dicte una nueva sentencia sobre el delito contra la intimidad imputado a los cinco acusados. De este modo, la condena inicial de nueve años de cárcel impuesta a los integrantes de La Manada podría elevarse. A este respecto, la Fiscalía solicitaba para cada uno de los cinco jóvenes imputados una pena de dos años y 10 meses por un delito contra la intimidad por los vídeos y fotografías tomadas por algunos de los acusados con sus móviles durante los hechos.

El TSJN ordena que, una vez sea firme la sentencia, dicte un nuevo fallo contra La Manada por el delito contra la intimidad por la grabación de los hechos

No ha sido una decisión unánime. Todo lo contrario, ya que ha existido una importante división en el seno de la Sala de lo Penal del TSJN. La sentencia cuenta con un voto particular discrepante formulado por dos de los cinco magistrados, concretamente, su presidente, Joaquín Galve, y Miguel Ángel Abárzuza, que estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un delito continuado de agresión sexual al apreciar la existencia de "intimidación" a penas de 14 años, 3 meses y un día.

A uno de los cinco acusados, Antonio Miguel Guerrero, le consideran, además, responsable de un delito de robo con intimidación, por el que entienden que se le deberían imponer dos años más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la Audiencia Provincial por un delito leve de hurto por quitarle el móvil a la denunciante. Estos dos magistrados entienden que los acusados, "por la realización de los actos de naturaleza sexual que han sido imputados, son autores de un delito continuado de agresión sexual, utilizando intimidación". Según sostienen, "es procedente incardinar las conductas realizadas por los acusados en el delito de agresión sexual y no en el de abuso con prevalimiento".

En todo caso, dejan constancia de que su voto particular discrepante "se ciñe, exclusivamente, a las acciones delictivas expresadas anteriormente", por lo que manifiestan su "conformidad con las demás decisiones adoptadas y fundamentación de la mismas contenidas en la sentencia dictada por la Sala" en relación a los diferentes recursos presentados.

De este modo, la Sala ha desestimado por unanimidad el resto de los recursos planteados por las diferentes partes y, en esencia, ratifica la decisión de la Audiencia Provincial, dada a conocer en abril, de dar verosimilitud a la declaración de la denunciante, una joven de Madrid que en el momento de los hechos tenía 18 años.

La resolución llega justo un mes después de que el TSJN abordara en una deliberación interna entre los cinco magistrados que componen la Sala de lo Penal los diferentes recursos. De hecho, la Sala se había fijado un mes de plazo como previsión para resolver los diferentes recursos. La Fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares –ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona– rechazaban la calificación de los hechos como abuso sexual y defendían que los cinco jóvenes sevillanos agredieron sexualmente a la joven madrileña, mientras que las defensas sostenían que fueron en todo momento "relaciones sexuales consentidas", por lo que reclamaban su absolución.

El presidente del tribunal, Joaquín Galve, y el magistrado Miguel Ángel Abárzuza apostaban por penas de 14 años por agresión sexual continuada

Los cinco condenados permanecen en libertad provisional desde finales de junio, cuando la Audiencia Provincial estimó la petición de su excarcelación hasta una sentencia firme con el voto en contra de uno de los tres magistrados, el presidente de la Sección Segunda que juzgó el caso, Francisco José Cobo. Uno de los cinco integrantes de la Manada, Ángel Boza, había ingresado en prisión provisional por robar unas gafas de sol el pasado 1 de agosto en un establecimiento comercial de Sevilla y embestir posteriormente a dos vigilantes con su coche al huir del recinto, si bien el juez decretó recientemente su puesta en libertad al ser condenado por un delito leve de hurto y otro leve de lesiones frente al criterio de la Fiscalía, que solicitaba cuatro años de prisión por los hechos.

La libertad provisional de la que gozan los integrantes de La Manada podría haber sido revocada, a la espera de que el caso culmine su recorrido judicial en el Supremo, en caso de que el TSJN atendiera la petición de la Fiscalía y las acusaciones particular y populares de condenar a los cinco jóvenes sevillanos a un delito de agresión sexual continuada. Sin embargo, la Sala ha confirmado la calificación de los hechos como abuso sexual continuado, ya que, según señala, el relato de los hechos probados de la sentencia recurrida excluye expresamente la violencia.

A este respecto, considera que es "dudosa" la concurrencia de la intimidación, circunstancia necesaria para calificar los hechos ocurridos en un portal de la calle Paulino Caballero durante la madrugada del 7 de julio de 2016 como agresión sexual o violación, puesto que los hechos probados de la sentencia de la Audiencia no recogen la imprescindible acción intimidatoria o amenaza de los procesados, expresa o tácita. “Lo relevante es el contenido de la acción intimidatoria llevada a cabo por el sujeto activo, más que la reacción de la víctima frente a aquélla”, sostiene la Sala. Los tres magistrados que defienden el criterio de la Audiencia Provincial reflejan “la sutil línea divisoria entre la intimidación y el prevalimiento, difícilmente perceptible, pues la víctima —en el prevalimiento— en alguna medida también se siente intimidada". Por todo ello, la Sala apela finalmente al principio in dubio pro reo.

La única variación con respecto a la sentencia dictada en abril por la Audiencia Provincial, que contó con un polémico voto particular del magistrado Ricardo González, quien abogó por la absolución de los acusados al sostener que los hechos correspondieron a “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo", se produce al estimar el TSJN en parte los recursos de apelación interpuestos por la acusación particular y el Ayuntamiento de Pamplona en ejercicio de la acusación popular en base al delito contra la intimidad por el que fueron absueltos los integrantes de La Manada.

Así, la Sala declara la "nulidad parcial" de la resolución inicial en "el particular relativo a la absolución de los acusados del delito contra la intimidad que se les imputa" y ordena "reponer las actuaciones judiciales al momento en que dicha sentencia fue dictada, una vez alcance firmeza la presente resolución, para que esa Sección de la Audiencia Provincial, con la misma composición, dicte nueva sentencia referida exclusivamente al delito contra la intimidad objeto de acusación, enjuiciando en el fondo los extremos de hecho y de derecho inherentes a él".

"Los vídeos evidencian el abusivo comportamiento de los acusados, que desarrollan sin miramiento un atentado contra el derecho a la libre determinación personal de la joven"

En relación al cuerpo central del delito, el TSJN estima que los vídeos evidencian "una pasividad doliente de la denunciante", por lo que rechazan el argumento de las defensas de que la denunciante "prestó su consentimiento a unas relaciones sexuales plenas" con los acusados y que los abusos cometidos son "incompatibles con la empatía" que ella mostró con los integrantes de La Manada.

Las defensas sustentaban su recurso en el error en la valoración del contenido de los vídeos grabados con los móviles. Sin embargo, la Sala replica que "está plenamente de acuerdo" con la apreciación del contenido de los vídeos, que "evidencian de una parte la pasividad doliente de la víctima y de otra el abusivo comportamiento de los acusados, que inician sin prolegómeno alguno y desarrollan sin miramiento un atentado contra el derecho a la libre determinación personal de la joven, prevaliéndose de su número y fuerza, escarneciendo su situación de desamparo". De este modo, el tribunal, tras examinar los vídeos, "se ratifica en la convicción de instancia de que de ninguna manera puede entenderse que se deduzca asentimiento alguno o participación activa de la joven en los inicuos y vejatorios actos que se muestran en las imágenes”.

Asimismo, para el TSJN, el testimonio de la víctima es “coherente y persistente en la incriminación”. “Es lógico que en la reiteración del testimonio ante autoridades policiales y en la instrucción, y en su contraste con otros testimonios acusatorios de testigos, peritos o evidencias externas, se pudieran encontrar ciertas diferencias, omisiones o inexactitudes; pero debe ponderarse si afectan a hechos o datos esenciales o nucleares, o si solo conciernen a meras circunstancias periféricas o secundarias”, señala.

Confirman la sentencia de nueve años de cárcel a La Manada por abuso sexual
 
La Audiencia de Navarra mantiene la libertad provisional para 'la manada'

De nuevo con sus magistrados divididos por dos a uno y de nuevo con un voto particular contrario, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha acordado mantener en libertad a los cinco condenados a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento perpetrado en Pamplona el 7 de julio de 2016.

En una ajustada decisión de dos votos contra uno, los jueces desestiman la prisión provisional solicitada por la Fiscalía, la acusación particular ejercida por la víctima y las dos acciones populares, el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra. La petición de reingreso en prisión se realizó el 7 de diciembre, después de que el día 5 de ese mes la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmara -también con dos votos particulares- la condena impuesta en abril por la Sección Segunda de la Audiencia.

Uno de los tres jueces, el presidente de la Sección Segunda, José Francisco Cobo, ha sido el autor del voto particular en sentido contrario, como ya hizo el pasado mes de junio, cuando se tomó la decisión de ponerlos en libertad provisional.

En su voto particular discrepante, estima que los condenados deben ingresar en prisión provisional debido a "la gravedad de la pena impuesta", que consolida y refuerza los factores que deben ser evaluados para "el fin legítimo asignado a la prisión provisional, concretado en la evitación de la sustracción a la acción de la justicia". Para este magistrado, resulta "procedente" apreciar la prisión provisional por el riesgo de fuga, debido a la existencia de dos sentencias condenatorias en sucesivas instancias en las que se ha impuesto una pena privativa de libertad "suficientemente grave".

En efecto, el riesgo de fuga y la posible reiteración delictiva han sido las claves sobre las que han tomado la decisión los magistrados, que finalmente han considerado que las circunstancias del caso no han cambiado lo suficiente como para adoptar la prisión provisional.

Los magistrados en mayoría, Ricardo González y Raquel Fernandino, argumentan su decisión en que "la situación personal, familiar y laboral" de los encausados, que estuvieron privados de libertad desde el 7 de julio de 2016 hasta el 22 de junio de 2018, "permanece inalterable respecto a lo ya valorado por esta Sala".

Más aún, los jueces destacan que uno de los procesados ha sido privado de su condición de militar. "Decisión que si bien no es firme, de momento supone que no recibe ingreso alguno. Tal carencia no incrementa el riesgo de fuga, sino que, en cierta forma, lo limita", subrayan. Y destacan que "durante el tiempo transcurrido desde que los encausados fueron excarcelados han cumplido, puntualmente, las condiciones que les fueron impuestas. Han comparecido ante el Juzgado de Guardia de Sevilla en los días indicados en al auto de 21 de junio", incide el tribunal.

"El argumento del riesgo de fuga aparece bastante endeble en este preciso supuesto. Y no solo porque durante casi seis meses han acatado las condiciones impuestas por esta Sala, sino porque desde que se tuvo conocimiento de la confirmación de la sentencia de esta Sala, ha pasado casi un mes y los encausados han continuado cumpliendo aquellas, mostrando así su intención de no eludir la acción de la justicia", remarcan los jueces.

Respecto al riesgo de reiteración delictiva invocado por la acusación particular y las acciones populares, la Audiencia razona que uno de los cinco procesados ha sido condenado por dos delitos leves, uno de lesiones y otro de hurto. "Si bien en un primer momento la acusación dirigida frente a este coencausado fue por delito de robo con violencia y lesiones, la condena por dos delitos leves, por hechos que afectan a bienes jurídicos muy diferentes y más livianos que los que han determinado su condena por un delito de abusos sexuales, no justifica la sustancial alteración pretendida por estas acusaciones", indica el tribunal.

Como tampoco incide a estos efectos, añaden los jueces, las actuaciones seguidas ante el Juzgado de Instrucción de Pozoblanco. "No se ha celebrado todavía el juicio, y por tanto no ha recaído sentencia, ni tampoco se ha acordado la prisión preventiva por tales hechos. Son otros órganos jurisdiccionales los llamados a valorar las concretas circunstancias de ese caso", considera la Audiencia, que agrega un argumento adicional: el principio favor libertatis (a favor de la libertad), que lleva a la elección y aplicación de la norma menos restrictiva de la libertad, por lo que, concluye el tribunal, no se han aportado razones suficientes para modificar la situación de libertad de los encausados.

Tribunales divididos y votos particulares

La Fiscalía insistió en pedir el ingreso en prisión al entender que "una vez confirmada la condena de nueve años de prisión, la no modificación de los llamados 'hechos probados' por el Tribunal Superior de Justicia al resolver el recurso de apelación, y las especiales características del recurso de casación hacen necesario asegurar el cumplimiento de dicha condena de nueve años de prisión".

Se trata, añadía, de "evitar la posibilidad de que los penados se sustraigan a la acción de la Justicia, haciendo ilusoria dicha condena".

La división de los magistrados y los votos particulares han sido una constante en el recorrido judicial de la manada, que deberá afrontar en última instancia el Tribunal Supremo, ante el que todas las partes recurrirán: la defensa para solicitar la absolución y las acusaciones para que los jueces consideren agresión y no solo abuso los hechos.

José Francisco Cobo, presidente de la Sección Segunda que hoy ha emitido su voto particular por el reingreso en prisión de los condenados, se une así al mismo procedimiento utilizado por dos magistrados para expresar su opinión personal cuando el Tribunal Superior de Justicia de Navarra corroboró la pena de 9 años por abuso y no la elevó a agresión sexual el pasado mes de diciembre.

Entonces, tanto el presidente del TSJN, Joaquín Galve, como el también miembro del pleno del TSJN Miguel Ángel Abárzuza se desmarcaron de sus otros tres compañeros al considerar que los hechos juzgados sí constituyen un delito de agresión sexual, lo que habría elevado las penas hasta los 14 años de cárcel. Ambos aprecian intimidación y no solo prevalimiento en la conducta de los acusados con la víctima durante los hechos.

En la revisión de la condena, el TSJN también pidió a la Sección Segunda que abordar de nuevo el delito contra la intimidad por el que fueron absueltos en primera instancia.

Pero ya desde la sentencia original dictada en el mes de abril se contó con el desmarque de uno de los tres magistrados de la Sección Segunda, Ricardo González, pero en sentido contrario, en el de querer absolver a los acusados al apreciar sexo consentido en los vídeos aportados.

Y lo mismo ha pasado con las vistillas celebradas para decidir sobre la librtad provisional de los acusados, los jueces discrepan y no se ponen de acuerdo. Los cinco condenados quedaron en libertad el 22 de junio del pasado año tras abonar cada uno una fianza de 6.000 euros.

La Audiencia de Navarra mantiene la libertad provisional para 'la manada'
 
¡La presión de las feministas surte el efecto deseado! Los infelices que recibieron un beso negro de una «señorita» en Pamplona, condenados por violación

¡Una sentencia cantada! La presión de las feministas ha surtido el efecto deseado. El beso negro de la víctima a uno de sus supuestos violadores la convierte a ella en violada. ¿Dónde nos lleva todo esto? Pues a que la condición del presunto o presuntos violadores solo es importante y prioritaria si sirve de materia prima para la máquina de que disponen algunos para picar carne. Prueba de ello, es el silencio sepulcral que guardan cuando los supuestos violadores son por ejemplo magrebíes, como sucedió en Alicante, donde una chica fue brutalmente violada por un grupo de argelinos.

Estas hipócritas que clamaban por una sentencia condenatoria contra los miembros de «la Manada» son las mismas que, con idénticos apoyos mediáticos, llevaron a cabo una campaña de presión contra el Tribunal que juzgó los hechos que tuvieron lugar en Alsasua, donde dos guardias civiles y sus respectivas parejas fueron literalmente apaleados. Los titulares esgrimidos por estos hipócritas son los siguientes: “Acusados de terrorismo cuando solo fue una pelea de bar”; “Les piden 375 años de cárcel por un tobillo roto”, etc.

Poco les importa a estas hipócritas que se levantaron en oleadas de improperios contra una sentencia que consideraron injusta, que en Alsasua moliesen a palos a dos mujeres por ir acompañadas de dos guardias civiles.

Opinamos que la durísima sentencia contra los miembros de «la Manada» ha sido el resultado de las presiones políticas e ideológicas. Los miembros de «la Manada» eran todos españoles de origen (uno de ellos guardia civil) y eso los convirtió en culpables desde el primer momento. Por otra parte, si tan claros están los hechos sentenciados, si las imágenes no dejan lugar a ninguna duda, ¿por qué entonces se amenaza con encarcelar a los periodistas que se atrevan a divulgarlas? ¿Tal vez porque las mismas acreditan lo contrario de lo que se nos intentó convencer?

Ser varón en Occidente es un factor de potencial peligro. Basta la falsa denuncia de una mujer sin escrúpulos (las hay por legiones) para que cualquier varón pueda ser triturado por el sistema. La situación es ya insoportable. Desde aquí nuestro afecto y apoyo a los familiares de «la Manada».

El Supremo eleva de 9 a 15 años la condena a La Manada por violación

El Tribunal Supremo ha elevado de 9 a 15 años de prisión la condena contra los cinco integrantes de La Manada al considerar los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 como una agresión sexual (violación) con intimidación y no un abuso sexual con prevalimiento, como hicieron dos tribunales anteriores.

El alto tribunal ha adelantado el fallo de una sentencia que se hará pública próximamente, en la que modifican la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Navarra -que ratificó la anterior- y elevan la condena a 15 años para José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero, a quien además le imponen dos años más por robar el móvil de la joven madrileña de 18 años.

La decisión del Supremo cierra así un caso que acabó siendo conocido en todo el mundo por ocurrir en las fiestas de San Fermín de Pamplona, y cuya sentencia inicial, hace un año, generó multitudinarias protestas en todo el país, especialmente de mujeres, que consideraban la pena demasiado indulgente.

La sentencia final de los cinco magistrados del Supremo se aproxima mucho a la petición de la Fiscalía, que solicitaba 18 años de prisión al considerar que se había producido «intimidación» por la soledad de la víctima frente a cinco hombres en un lugar oscuro y solitario.

«Hoy se ha hecho justicia y se ha dado un paso más en la defensa de los derechos de las mujeres en España. Tenemos derecho a vivir libres y sin miedo», señaló tras conocer el fallo la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá.

Además, de la pena de cárcel, la sentencia establece 8 años de libertad vigilada una vez que salgan de prisión, y también se prohíbe a los condenados acercarse a la víctima durante 20 años a una distancia inferior a los 500 metros, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ella, y eleva a 100.000 euros la indemnización conjunta y solidaria a la joven.

Los cinco hombres estaban en libertad provisional a la espera de que hubiera una sentencia definitiva. Cuatro de ellos fueron detenidos poco después de conocerse el fallo del Supremo.

Los hechos ocurrieron en los famosos sanfermines de Pamplona (norte) en julio de 2016. Cinco hombres jóvenes de Sevilla que se autodenominaban La Manada fueron acusados por una chica de 18 años de haberla llevado al portal de una viviendal donde, según ella, cometieron sobre ella todo tipo de prácticas sexuales mientras lo grababan con sus teléfonos. Al acabar, la abandonaron y le robaron el móvil.

La Fiscalía pública y la acusación particular consideraron que hubo violación, ya que la joven se sintió intimidada por el número y la fortaleza de los hombres.

En cambio, ellos y su abogado defensor insistieron en su inocencia, argumentando que todo el episodio se desarrolló con el libre consentimiento de la joven.

Detención de los integrantes

Esta misma tarde, la Policía Nacional, según ha confirmado el abogado de ‘La Manada’,

Agustín Martínez Becerra, han sido detenidos los integrantes del grupo.

Dos de los condenados, en concreto José Ángel Prenda y Alfonso Jesús Cabezuelo, han sido detenidos por la Policía Nacional en Sevilla, su ciudad de residencia, merced a una orden de búsqueda y captura emitida en su contra. Según las citadas fuentes, ninguno de los detenidos ha tratado de huir.

Agustín Martínez Becerra, abogado defensor de La Manada, ha manifestado al respecto a Europa Press que una vez dictada la sentencia del Supremo, «todos» ellos van a ser detenidos de manera «inmediata».

El Gobierno, satisfecho

El Gobierno ha mostrado su satisfacción por el fallo del Tribunal Supremo (S), que ha elevado de nueve a quince años de prisión la condena contra los miembros de La Manada al considerar que hubo violación, y ha señalado que «hoy se ha hecho justicia».

Tras conocer el fallo del Supremo, la vicepresidenta del Ejecutivo, Carmen Calvo, y la portavoz y ministra de Educación, Isabel Celaá, han señalado su opinión a través de sus cuentas en Twitter.

Calvo ha escrito: «El fallo del Tribunal Supremo sobre el caso de #LaManada reconoce la credibilidad de la víctima y está en sintonía con la modificación legal propuesta por el Gobierno para diferenciar el delito de violación y agresión sexual, del delito de abusos».

Y Celaá ha recalcado: «Hoy se ha hecho justicia y se ha dado un paso más en la defensa de los derechos de las mujeres en España. Tenemos derecho a vivir libres y sin miedo».

 
La Manada: "han buscado una sentencia para caer simpáticos a la población y a la prensa oficial". Democracia Nacional considera que "la dictadura feminista está en ciernes"

Más allá del tema de la inmigración, si algo sorprende es lo escasamente comprometido contra lo "políticamente correcto" que se muestra siempre el patriotismo social en España. En realidad sus propuestas sobre los grandes temas que afectan a la sociedad no suelen diferir mucho de la del resto de partidos del sistema. Así las cosas nos sorprendió enormemente que en las Elecciones Europeas la coalición ADÑ no llevara ni una palabra en su programa sobre la lucha contra la pederastia, el robo de tutelas de niños o la geoingeniería (sólo por citarles tres cuestiones de rabiosa actualidad y que enfrentan a los anti-sistema con los defensores del Régimen del 78). Lo mismo podemos decir de España2000 o de las candidaturas municipales falangistas. El único partido del "mundillo patriota" que sistemáticamente "se moja" en estas cuestiones es siempre Democracia Nacional.

Ante la sentencia del Tribunal Supremo contra La Manada
DICTADURA FEMINISTA EN CIERNES


El Tribunal Supremo acaba de condenar a los miembros de la Manada a 15 años de cárcel, aumentando la pena que les había impuesto la Audiencia Provincial de Navarra, que había sido de 9 años. El castigo pasa de abuso sexual a agresión sexual, es decir, violación. Además, los acusados tendrán que pagar a la “víctima” 100.000 euros como indemnización.

No vamos a ser nosotros los que defendamos a los impresentables de La Manada, pero este fallo es absolutamente desproporcionado y establece un precedente más que peligroso que deja en un situación más que precaria a los hombres (españoles, los extranjeros no cuentan en estos casos, incluidos los muy machistas musulmanes, cuya importación masiva hacia España es promovida por las feministas) pues prácticamente no se necesitan pruebas de ningún tipo para acusarte y condenarte por violación. La palabra de la mujer basta.

Todo el caso ha mostrado serias dudas desde el principio. La “víctima” se esta contradiciendo desde el primer momento, pues lo que dijo en la primera denuncia poco tuvo que ver con lo que declaró durante el juicio. Además, todos los indicios muestran que en todo momento, y hasta el final, la supuesta víctima acompañó de manera voluntaria a los miembros de La Manada, incluido cuando entraron en un hotel a buscar una habitación y cuando se metieron en el portal a tener la relación sexual que, repetimos, todo indica que fue consentida y, en todo caso, como mucho, la condena debería haber sido por abuso sexual. Es bastante absurdo que unos supuestos violadores se graben a sí mismos cometiendo un delito, igual que poco convincentes son los argumentos del Tribunal Supremo diciendo que “los agresores no preguntaron a la víctima ni ésta dio su consentimiento”, algo que ocurre en el 99,9% de las relaciones sexuales que se practican ¿entienden los miembros del Tribunal el concepto de “comunicación no verbal” que se da en las relaciones sexuales?¿qué significa que ella no dio su consentimiento?¿que no firmó un contrato ante notario?

El caso de La Manada se está utilizando para seguir implantando en España la ingeniería social contra el hombre…español, por supuesto. Las manadas de argelinos, marroquíes, senegaleses, dominicanos, ecuatorianos, etc, podrán seguir violando españolas de manera impune que nunca veremos sus nombres y sus caras en la televisión y nunca veremos “concentraciones de repulsa” feministas, como sí hemos visto en el caso de La Manada, un caso en el que se llegó a publicar la foto y la dirección del juez de la Audiencia Provincial de Navarra que osó enfrentarse a la dictadura femi-marxista, la misma que ha conseguido implantar la “perspectiva de género” en la Justicia, que básicamente consiste en que la mujer siempre tiene razón y el hombre siempre es culpable, con independencia de las pruebas.

En DN no somos de dejarnos arrastrar por la corriente ideológica fácil, ni de seguir a las manadas (estas sí) de borregos que siguen el pensamiento único oficial “progre” porque es lo fácil y lo cómodo. Por eso tampoco vamos a sumarnos a esta histeria colectiva organizada por el caso de la Manada, igual que no nos sumamos a las histerias del caso Juana Rivas, del barco Aquarius o de la “crisis de refugiados” que al final resultaron ser cosas bastante diferentes de las que inicialmente nos presentó el circo mediático y político que dirige el cotarro en España.

En cuanto al Tribunal Supremo, ellos verán lo que hacen. Parece que han buscado una sentencia para caer simpáticos a la población y a la prensa oficial en vista de que la sentencia contra los golpistas separatistas puede dejar caer alguna duda sobre este Tribunal. El mismo Tribunal que rebajó a la tercera parte la condena a unos terroristas anarquistas chilenos o que multiplicó por ocho la condena a los patriotas de Blanquerna por un escrache pacífico.

El hombre español haría bien en empezar a organizarse, porque esto solo ha hecho que empezar.

 
Colectivos feministas celebran en Sevilla la sentencia contra La Manada

Colectivos feministas de la ciudad de Sevilla han celebrado esta tarde en Sevilla la decisión del Tribunal Supremo de elevar de 9 a 15 años de prisión la pena de prisión para los miembros de La Manada, con una concentración que ha tenido lugar en la Plaza Nueva de la capital andaluza.

En torno a un centenar de personas, la mayoría mujeres, han participado en esta movilización, en la que se han coreado gritos como “Sevilla será la tumba del machismo”, con una pancarta en la que se podía leer el lema de las movilizaciones que se han venido desarrollando desde la primera sentencia sobre este caso: “No es abuso, es violación”.

También se han cantado y bailado sevillanas con letras alusivas al feminismo, ante la mirada de muchos viandantes que se han sumado al acto y turistas que se encontraban por la zona centro de la ciudad que han recibido explicaciones de los motivos del mismo.

Las manifestantes han reclamado además que no se detraigan fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y rechazado las políticas de la Junta de Andalucía en este sentido.

Todo ello después de que el Supremo haya elevado de 9 a 15 años de prisión la condena contra los cinco miembros de «la Manada», al sentenciar que cometieron un delito continuado de violación a una joven en los sanfermines de 2016 y no un abuso sexual, como dictaminaron dos tribunales anteriores.

La sala de lo Penal del Supremo estima por unanimidad que es incorrecta la calificación jurídica de las dos anteriores sentencias que les condenaron por abuso, porque su relato de hechos describe un «auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”.

 
Vox coincide con Podemos: el Supremo ha cedido a la presión feminista sobre 'La Manada'

La sentencia de Tribunal Supremo contra 'La Manada' ha hecho extraños compañeros de argumento. Unos para celebrarlo y otros para criticarlo, a extrema izquierda y derecha coinciden los líderes en que el Tribunal Supremo se ha dejado llevar por las presiones feministas. Si este viernes, Pablo Iglesias felicitaba a "la lucha del movimiento feminista" por la sentencia -que crea jurisprudencia-, este sábado ha sido el juez Serrano, líder de Vox en Andalucía quien ha incidido en lo mismo: para él, la condena se ha basado en “una apreciación”, al entender que es lo único que ha llevado al tribunal a distinguir entre violación y agresión sexual.

Francisco Serrano considera que la sentencia del Tribunal Supremo que condena a 15 años de prisión por violación a los cinco miembros de 'La Manada' no se atiene tanto a los hechos probados como a apreciaciones influidas por la presión externa, al entender que es lo único que ha llevado al tribunal a distinguir entre violación y agresión sexual.

A través de su cuenta personal en Twitter, Serrano ha dicho que “se ha consolidado una reiterada doctrina jurisprudencial, según la cual resulta contrario al derecho al proceso con todas las garantías, que un órgano judicial conociendo a través de recurso condene a un absuelto en primera instancia o empeore su situación como consecuencia de una nueva fijación de los hechos probados”.




Una forma de actuar de los jueces “que encuentra su origen en la consideración de pruebas cuya correcta y adecuada apreciación exija necesariamente que se practiquen en presencia del órgano judicialque las valora”.

Para el responsable de la formación de extrema derecha, “la revocación por error en la prueba exige que la sentencia recurrida carezca de motivación y resulte incongruente y carezca de razonabilidad. Solo podría revocarse por infracción de normas sustantivas, entiendo que no antes sin oír a los acusados, para no causar indefensión”.

Serrando considera que “no se puede cambiar, alterar ni empeorar la sentencia condenatoria” y “nos volvemos a encontrar con una sentencia cargada de condicionantes mediáticos y políticos que acabará ante el Tribunal Constitucional. No es la primera vez ni será la última”, ha terminado.

"Turba feminista supremacista"

Horas más tarde, Serrano también ha publicado un escrito en Facebook donde ha apuntado que la sentencia le parece "gravísima" porque "altera todas las garantías constitucionales establecidas por la jurisprudencia en la materia", lo que a su juicio constata que "es una sentencia dictada por la turba feminista supremacista".

A partir de esta sentencia, ha continuado, "si una mujer dice sí pero en cualquier momento posterior dice no, inclusive varios días después, el denunciado será condenado a prisión por violación". "Hasta un gatillazo o no haber estado a la altura de lo esperado por la mujer, podría terminar con el impotente en prisión", ha añadido.

En su opinión, dicha situación es "gravísima" porque "es un torpedo directo contra la heterosexualidad, contra las relaciones libres entre hombres y mujeres. Más liberticidio progre".

"Nos encontramos ante la paradoja progre, en la cual la relación más segura entre un hombre y una mujer, será únicamente a través de la prostitución", ha dicho concluyendo con que "desde ahora, la diferencia entre tener sexo gratis y pagando, es que gratis te puede salir más caro".

Iglesias y Montero, 'de acuerdo'

Pero es que este viernes, una de las principales reacciones políticas a la noticia utilizaba el mismo argumento, en este caso para celebrar la sentencia: "Millones de mujeres dijeron en las calles #yosítecreo y por fin han sido escuchadas por la Justicia". Para Pablo Iglesias, secretario general de Podemos, "esta victoria no habría sido posible sin la lucha del movimiento feminista".




A tenor de las palabras del dirigente -expresadas en un tuit-, los responsables del histórico fallo no actuaron guiados por los hechos o por su propio criterio sino por el clamor popular bajo la premisa de que no hubo abuso, sino violación, determinante -bajo su criterio- para inclinar la balanza del lado de lo segundo.

De la misma opinión era la portavoz de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados, Irene Montero, que valoró la actuación del Supremo en un vídeo: "Sin el movimiento feminista, sin el esfuerzo enorme de millones de mujeres que no han parado de gritar 'hermana, yo sí te creo', esta sentencia no sería posible".




"No hemos tenido un juicio justo"

La vista en la que se zanjó el caso este viernes, presidida por el magistrado Andrés Martínez Arrieta e integrada por Andrés Palomo, Ana Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo -esta última, ponente-, tuvo uno de sus momentos centrales en el último intento del abogado de los acusados, Agustín Martínez Becerra, por rebajar la pena a sus clientes, lo que llevada adherido el cuestionamiento del propio proceso: "No hemos tenido un juicio justo, con todas las garantías".

En su exposición, el letrado ha pedido al tribunal que "remara contracorriente" y dictara "una resolución justa, por más que pueda considerarse por la opinión pública que no es así". Cuando conoció tal resolución, en la tarde de este viernes, expresó: "Es lo que toda la sociedad quería; que se haya hecho justicia es otra cosa".

 
Me alegro, y mucho, que en este foro haya libertad para expresarse y haya información verdadera.


Todo el mundo (o por lo menos el mundo inteligente) sabe que fue Clara García Luna (la que muchos llaman "Víctima") la que violó ella a los de la manada... no le gustó el resultado y acabó poniendo una denuncia falsa.
 
Miles de españoles aplauden las palabras de Francisco Serrano sobre La Manada: «Los progres han influido en la sentencia»

Francisco Serrano, presidente de VOX en Andalucía, ha hecho arder las redes sociales este sábado al manifestar su opinión sobre la sentencia de La Manada.

El líder de VOX en Andalucía aseguraba que la sentencia del Tribunal Supremo «está cargada de condicionantes mediáticos y políticos».

En Facebook, el propio Francisco Serrano dejó clara su postura sobre el tema.

«Los medios están recogiendo mis críticas a la sentencia de la manada, ya que he sido de los pocos que lo ha hecho, por no decir el único.

Es que la sentencia me parece gravísima, porque altera todas las garantías constitucionales establecidas por la jurisprudencia en la materia. Se nota que es una sentencia dictada por la turba feminista supremacista.

A partir de esta sentencia, si una mujer dice sí pero en cualquier momento posterior dice no, inclusive varios días después, el denunciado será condenado a prisión por violación.

Hasta un gatillazo o no haber estado a la altura de lo esperado por la mujer, podría terminar con el impotente en prisión.

Esto es gravísimo. Es un torpedo directo contra la heterosexualidad, contra las relaciones libres entre hombres y mujeres. Más liberticidio progre.

Nos encontramos ante la paradoja progre, en la cual la relación más segura entre un hombre y una mujer, será únicamente a través de la prostitución.

Desde ahora, la diferencia entre tener sexo gratis y pagando, es que gratis puede salir más caro.

Es muy triste, porque no estoy de acuerdo con la prostitución, ni con el comportamiento de los condenados. El problema es lo que va esto a alterar nuestra sociedad, tal y como pretenden los antisistema y la izquierda liberticida».

Estas palabras de Francisco Serano han sido muy aplaudidas por miles de españoles, que creen que la izquierda ha influido en la sentencia final: «No le falta razón; ha habido una presión política y mediática muy fuerte para influir en la sentencia. Si ha influido o no, si la sentencia es justa o no, ahí ya no me meto (ni debería meterse el gobierno), ya que no dispongo ni de la información ni de la formación y experiencia necesarias, al contrario que tanto cuñao que pulula por estos foros».







 
Francisco Serrano gravemente amenazado por dar su opinión respecto a la sentencia de ‘La Manada’

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¿Estamos locos o qué?

Es incomprensible el punto al que está llegando el pensamiento único y sus “líderes de opinión”. Se está llegando a un punto en el que sin que nadie tenga pruebas fehacientes de algo se emita un veredicto popular solamente por seguir la corriente de una mayoría, porque todos piensan lo mismo.

No te puedes salir de la línea marcada, los tontos tienen que seguir la linde aunque esta se acabe solo porque otros lo digan y si se les ocurre negarse a ello serán castigados, marcados y perseguidos. Se está acabando con la libertad de expresión, de opinión y, aún más grave, con la libertad de pensamiento.

El líder de Vox en Andalucía, Francisco Serrano, tuvo la “osadía” de dar su opinión personal sobre la sentencia de ‘La Manada’ y ha sufrido la cólera de esta sociedad tan perfecta ella y absolutamente plagada de Fariseos y todo por no seguir la línea marcada y plegarse a la opinión de la mayoría.

Tras ser desautorizado por su partido, Serrano, ha publicado un comunicado a través de las redes sociales dando una explicación sobre lo sucedido y la polémica que se había suscitado.




Ese comunicado ha tenido muchas respuestas. Muestras de apoyo, gente que educadamente expresaba su desacuerdo con esa opinión y después insultos gravísimos y amenazas. De entre todos esos insultos y amenazas hemos rescatado uno por ser especialmente grave.




¿Puede defender alguien que amenace e insulte de esta manera algo con algún tipo de legitimidad? Observen lo curioso del mensaje, mientras por un lado pone “stop machismo“, justo después escribe “ojalá te revienten la cara“. Este es el nivel de agresividad que padecemos. La reacción de este sujeto amenazando de esta forma a una persona por expresar su opinión es como si por un pequeño incidente de tráfico entre dos personas hubiera una persona que disparara a la otra.

Esto es lo que está pasando en España. Hay gente que en defensa de su opinión se cree legitimado para agredir verbalmente y amenazar de esta forma. Y lo peor es que esa gente ni siquiera piensa por ellos mismos. Piensan en función a lo que ven por la tele o escuchan a sus líderes políticos. Esperemos que Francisco Serrano haya tomado nota de este tipo de mensajes y tome las medidas legales oportunas.

 
El abogado de La Manada podría recurrir ante el Constitucional

Agustín Martínez Becerra, abogado defensor de los cinco miembros de La Manada, no descarta acudir al Tribunal Constitucional una vez lea la sentencia completa del Tribunal Supremo. En la sentencia se ha hecho ya pública la condena, que es de 15 años para cada uno de ellos por un delito continuado de violación.

Una vez esté todo claro, valorará junto a los cinco detenidos la posibilidad de este recurso. «Vamos a ser prudentes, primero vamos a ver la sentencia«. También ha culpado, como hizo esta mañana Francisco Serrano, a la opinión pública. Martínez Becerra considera que se ha hablado demasiado sin conocerse la sentencia.

Desde luego no es muy habitual que un Tribunal menoscabe la sentencia de otro de forma tan tajante como ha sucedido entre el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y el Supremo. El TSJN sentenció a los miembros de La Manada a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual, y en este caso se les ha aumentado la pena hasta los 15 años y el delito ha pasado a ser agresión sexual.

Por el momento los cinco presos permanecen en la prisión de Sevilla I, que es la más cercana a los domicilios de residencia de los cinco condenados de La Manada. Tan pronto como se conoció el fallo judicial fueron detenidos por efectivos policiales, y ya pasaron la noche de ayer en el centro penitenciario.

Por último, el abogado de La Manada se ha mostrado totalmente en contra de la petición de inhabilitar a los magistrados del TSJN que fallaron como abuso sexual lo ocurrido en los San Fermines de 2016. Según sus propias palabras, sería algo «absolutamente alucinante». Y ha pedido que se reflexione «que país nos está quedando y las cabezas de la gente como funcionan».