La generación más infame de la historia

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¿Sabía que hay penes/paquetes falsos para niñas de 4 a 8 años cuyos padres creen que son niños trans?

Ninguna sociedad civilizada toleraría esto.
 
"Disfruto".

Yo, cuando me masturbaba, (sin contar esta última recaída, llevaba bastante tiempo), lo hacía, principalmente, para aliviar el estrés.

No voy a entrar en detalles, pero yo también utilizo "fantasías sadomasoquistas", como una forma de recrearme, en "sentimientos difíciles de procesar", como la ira o el odio.

Al combinarlos con el "placer sexual", resultan, en apariencia, menos dañinos, menos difíciles de digerir.

Esto no es una buena idea, así no los procesas realmente, además, la mente se confunde, y puede llegar a "pensar", que hay algo bueno en esas cosas.

La "pornografía", puede llegar a ser muy dañina, no solo te hace perder el respeto por las mujeres (o hombres), desvirtua el verdadero significado del sexo, también destruye tu propia autoestima, y te hace sentir merecedor de las cosas malas que puedan pasarte, que te provocan odio e irá, pero como luego te alivias, pues te sientes como "una puta, que se merece que la traten mal".
 


ESTA JUVENTUD NO TIENE ALMA

En el programa “Hoy no se sale”, Ibay, se corona conjuntamente con sus idiotas invitados, como los memos más retrasados de la sociedad juvenil.

A ellos no le censuran los fack ni el gobierno. Todo lo contrario, les dan un programa para idiotizar más a la juventud. Esto es denunciable pero nadie lo hará. Más bien se reirán y lo justificarán como una broma de chiquillos.
 


Una avioneta se estrella en México durante una fiesta de revelación de género dejando un muerto.

Mientras tanto la gente asistente, le importa tres carajos la vida del piloto y siguen con la fiesta.

Fiesta de revelación de género?? Puta sociedad de anormales 🤣
 

El gobierno británico alienta a las mujeres a dar a luz a bebés discapacitados para extraer sus órganos​

Los funcionarios del gobierno británico están considerando un nuevo programa para alentar a las mujeres a considerar dar a luz a bebés diagnosticados con enfermedades mortales, en lugar de abortar, para que los órganos de los bebés puedan ser extraídos después de su muerte.

El Express informa que los cirujanos de trasplantes propusieron la nueva medida en una conferencia del Sistema Nacional de Salud británico debido a una escasez masiva de órganos para trasplantes. El grupo de cirujanos argumentó que los niños enfermos en el Reino Unido están muriendo porque no hay trasplantes de órganos disponibles, según los informes.

El Sunday Times describe cómo funcionaría la propuesta:

El NHS podría ayudar a las mujeres embarazadas con bebés con discapacidades graves a llevar al niño a término con el fin de aumentar la cantidad de órganos para donación.
Algunos defectos o trastornos, que hacen que un niño no pueda sobrevivir después del nacimiento, pueden detectarse en las primeras etapas del embarazo. Un defecto, la anencefalia, en el que el cerebro del niño no se desarrolla, puede detectarse mediante una exploración a las 12 semanas.

Según las propuestas, las mujeres embarazadas que se descubra que están embarazadas de tales bebés recibirían apoyo durante el resto de su embarazo, permitiendo que los órganos del niño se desarrollen completamente. Darían a luz normalmente y se le extraerían órganos clave al bebé una vez que se hubiera certificado su muerte.

Cada año se abortan en Gran Bretaña unos 230 bebés con anencefalia. Sólo una docena nace con vida.

En los últimos dos años sólo 11 bebés menores de dos meses se han convertido en donantes de órganos.

Según el Express, la opción de la donación de órganos no se plantearía hasta que la madre diga que está segura de querer abortar. El NHS también dijo que no alentaría ni presionaría a nadie para que done los órganos de su bebé.

El Daily Mail informa más sobre la propuesta: “En algunos casos, cuando se ha acordado la donación, se podría certificar que los bebés tienen muerte cerebral, pero sus cuerpos se mantienen vivos mediante ventilación artificial. Luego, los cirujanos podrían extraer órganos de estos llamados 'bebés con latidos del corazón' cuando estén frescos, maximizando lo que se puede utilizar y las posibilidades de un trasplante exitoso”.

Se ha establecido un comité del NHS para explorar la propuesta y otras formas de aumentar las donaciones de órganos para niños, según el informe.

Muchos están preocupados por las implicaciones éticas de la propuesta. Si bien alentar a las mujeres a dar a luz a bebés con discapacidades graves en lugar de abortarlos es algo bueno, la propuesta conlleva su propia serie de problemas.

En primer lugar, trata la vida humana como una mercancía; y, en segundo lugar, no tiene en cuenta lo que sucedería si el bebé no muere poco después de nacer. Si bien afecciones como la anencefalia y la trisomía 18 suelen ser mortales a las pocas horas de nacer, algunos bebés viven meses o años con tratamiento médico. Según la nueva propuesta, ¿recibirán estos bebés objeto de donación de órganos el mismo tratamiento médico que cualquier otro ser humano, o se les dejará morir para que se puedan extraer sus órganos? El hecho de que las mujeres que han decidido abortar sean las que se animen a considerar la posibilidad de donar los órganos de sus bebés después del nacimiento parece implicar que estos bebés no son deseados y se les podrían negar derechos humanos básicos.

El Dr. Trevor Stammers, director de bioética de la Universidad St. Mary, calificó la propuesta como “una sugerencia macabra” en una declaración a los medios de comunicación.

"Sería francamente aborrecible si los médicos de trasplantes pidieran a las mujeres cuyos hijos no nacidos han sido diagnosticados con defectos graves que dejen que su bebé llegue a término por la única razón de que su cuerpo puede ser saqueado en busca de órganos", dijo Stammers. "El concepto reduce al bebé a nada más que un medio utilitario para lograr un fin -una colección de repuestos- en lugar de respetar la vida por sí misma".

“Sí, sé que esos órganos pueden potencialmente salvar la vida de otras personas, pero ¿a qué costo para nuestra humanidad?” él continuó.

Una encuesta en línea realizada en el Express el martes por la tarde mostró que más personas se oponían a la propuesta que las que la apoyaban, con un 42 por ciento diciendo "Es terrible y éticamente incorrecto" y un 42 por ciento diciendo "depende del individuo".

La propuesta llega inmediatamente después de impactantes videos encubiertos en Estados Unidos que muestran a funcionarios de Planned Parenthood vendiendo partes del cuerpo de bebés abortados. Los videos han dado lugar a numerosas investigaciones estatales y federales , así como a una legislación para desfinanciar el negocio del aborto con el dinero de los contribuyentes y prohibir el tráfico de partes del cuerpo de bebés abortados en los EE. UU.

 
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Esta gente sólo puede crear basura y degeneración.
 

Detenido un joven en Madrid por violar a su bebé de un año que ofrecía a otras personas para mantener sexo​

La Policía Nacional ha detenido en Madrid a un joven de 25 años que presuntamente agredió sexualmente a supropia hija de un año, que además ofrecía a otras personas para mantener sexo. Además de este hecho, el detenido utilizaba diferentes redes sociales, así como servicios de mensajería instantánea, tanto para descargar como para difundir estos contenidos. La madre de la menor, de 22 años y también arrestada, mantenía conversaciones con su pareja en las que intercambiaban pornografía infantil. El arrestado es español nacido en Venezuela que ya fue detenido en 2021 por difusión de pornografía infantil. Ha ingresado en prisión.

Agentes de la Unidad Central de Ciberdelincuencia, dentro del patrullaje activo que realizan en la web y en redes sociales y con la colaboración con el HSI (Homeland Security Investigations) de los Estados Unidos, detectaron a una persona que compartía imágenes sobre explotación sexual a menores de corta edad a través de diferentes redes sociales. Los investigadores, a través de diversas gestiones, pudieron identificarlo e investigar su entorno, momento en el que descubrieron que acababa de tener una hija con su pareja.

Además de todos los indicios recopilados y al detectar que además el varón había sido arrestado por hechos similares, los agentes solicitaron una entrada y registro en su domicilio del municipio madrileño de Pinto donde se encontraron evidencias de que el detenido no solo descargaba este material, sino que también lo difundía a terceros.

El piso donde se encontraban la madre, el padre y la menor estaba en pésimas condiciones, por lo que los agentes dieron parte a los servicios sociales de la Comunidad de Madrid, quienes retiraron la custodia a los padres unas semanas después.

En el análisis del material intervenido encontraron vídeos en los que el detenido había agredido sexualmente a su hija, además de múltiples conversaciones en las que ofrecía al bebé a terceros para tener sexo. La madre fue arrestada, ya que presuntamente intercambiaba archivos de pornografía infantil con su pajera y padre de la pequeña. Tras ser puesto a disposición judicial se decretó la prisión provisional para el arrestado.

Los agentes también registraron otro piso de la pareja de Latina donde había vivido antes de cambiarse al municipio de Pinto.

Las investigaciones no han podido determinar aún el grado de implicación de la madre en los hechos. En su teléfono móvil hay también contenido pedófilo, pero ella alegó que desconocía que tuviese esas imágenes y que sospechaba que su pareja empleaba el terminal a escondidas para intercambiar esos archivos.

 

Ver porno en el trabajo no es razón suficiente para un despido, según dicta una sentencia​

Es lo que ha fallado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el caso de un trabajador despedido al haber sido sorprendido masturbarse en su puesto de trabajo mientras veía páginas pornográficas.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido de un empleado que fue sorprendido mirando pornografía en el lugar de trabajo, al concluir que ese no es motivo suficiente para extinguir la relación laboral si no se ha probado una disminución del rendimiento.

En su sentencia, el alto tribunal catalán confirma la resolución de un juzgado de lo social de Granollers (Barcelona) que en junio de 2022 dio la razón al empleado, que había sido despedido en 2020 después de que una compañera suya lo denunciara ante la empresa por masturbarse en su puesto de trabajo mientras veía páginas pornográficas por internet.

La empresa despidió al trabajador -representado por el abogado Luís López, socio de SAMMOS Legal- por transgresión de la buena fe contractual y disminución en su rendimiento, después de que, a través del visionado de las cámaras de seguridad, concluyera que el empleado se masturbaba durante su jornada laboral mientras veía material pornográfico por internet.

La sentencia no considera suficientemente probado que el trabajador se masturbara en su horario laboral, pero sí da por hecho que vio pornografía en su puesto de trabajo, una zona aislada del resto de oficinas.

No obstante, el TSJC descarta que el visionado de material pornográfico, por sí solo, "constituya una transgresión de la buena fe contractual grave y culpable" que habilite a despedir al trabajador.

Para la sala, podría entenderse que el empleado incumplió su "deber elemental de atender exclusivamente a la prestación de sus servicios durante la jornada de trabajo, sin emplear este tiempo para otros fines ajenos a sus obligaciones profesionales", pero esa infracción "no reúne la nota de gravedad que autoriza al empresario para ejercer la potestad disciplinaria".

La sentencia añade que, para determinar la gravedad de la conducta del demandante, es preciso analizar las circunstancias concreta de la acción, dónde ocurrió y los medios e instrumentos que el trabajador utilizó.

En este caso, razona el TSJC que el trabajador no "exhibió" su práctica ante otros compañeros y que no está acreditado que accediera al material pornográfico con el ordenador de la empresa, por lo que "la infracción del asalariado no viene acompañada de otras faltas determinantes de su mayor gravedad".

La sentencia añade que no está clara la "frecuencia constatada" con la que el trabajador veía pornografía, ya que no se ha podido probar la "asiduidad" que refería la carta de despido.

 

Escuchen lo que denuncia este anciano venezolano de 87 años, ya verán como les suena

“Me llamo Melquiades, tengo 87 años y mi esposa 92 años. Nuestro único apartamento lo alquilamos para pagar medicinas y nuestra inquilina lo vendió a otra persona sin nuestro permiso, no recibimos ningún pago y no vendimos nuestro apartamento.
Ahora nos ROBARON porque una Concejal Opositora del partido Fuerza Vecinal del municipio Baruta dice que es la dueña de nuestro apartamento.
La inquilina actualmente está presa por muchos otros delitos y por nuestro caso, pero nosotros dos viejos nonagenarios omos los únicos que no hemos podido recuperar nuestro hogar a pesar que ella está presa, porque la Concejal de Baruta no devuelve nuestro apartamento.
Ella decidió robarnos a un par de viejos nonagenarios y nosotros en nuestros últimos años de vida nos quedamos sin hogar y sin tiempo para recuperar nuestro apartamento que nos pertenece”.
 

Una niña de Valencia de catorce años suspende Geografía sólo por hacer el examen en castellano​

Una alumna de 14 años de un centro educativo de Valencia ha suspendido la asignatura de Geografía en el pasado curso solamente por hacer el examen en castellano -su lengua materna- y no en valenciano, y su familia lleva varios meses reclamando ante la Conselleria de Educación y también judicialmente (con ayuda de la asociación Hablamos Español) que se evalúe y se ponga nota a esa prueba, sin éxito.

Aunque ha continuado en el siguiente año académico sin repetir, ya que tenía el resto de materias aprobadas, esta adolescente finalmente ha accedido a examinarse de nuevo a posteriori, en valenciano, para conseguir el aprobado y no dejar con esta mancha anterior en su expediente académico global. Aun así, no renuncia a ver atendida su reclamación y dar validez a la prueba inicial.

Antes de ese desenlace provisional, la madre de la alumna había presentado una impugnación contra aquella penalización argumentada no por criterios de conocimiento de la asignatura, sino por el idioma. Asimismo, también solicitó que se le entregaran los «criterios de calificación y corrección de asignaturas que vehiculan en valenciano».

No tienen queja del centro educativo -en el que también está matriculado el hermano pequeño de esta alumna- y prefieren mantener el anonimato, con la única pretensión de que dejen expresarse en su lengua materna en los exámenes «para no bajar el rendimiento», tal como han argumentado en sus escritos ante la Administración.

Según detallaron en su escrito de impugnación, «a la alumna no se le ha calificado en el examen de Geografía y en una anotación al margen en la hoja del examen, el profesor hace constar lo siguiente: No calificada. La alumna no utiliza la lengua vehicular de la asignatura».

Precisamente ahí radica la justificación del inesperado suspenso: por la Ley de Plurilingüismo, se puede incluso dar la paradoja de que escolares exentos de aprender valenciano por estar en zonas de predominio castellanohablante (no es este caso), sí deben aprender en ese idioma no materno otras asignaturas troncales, no lingüísticas. El conseller de Educación, José Antonio Rovira, anunció que esa imposición desaparecerá tras una reforma de la citada ley, aunque se aplicarán el próximo curso 2023-2024.

Además, continúan en su relato de lo sucedido con más información de lo que consideran la discriminación: «La calificación que figura en el boletín de notas de la primera evaluación es insuficiente, a pesar de que la alumna demostró en la prueba escrita unos conocimientos de la materia que no se corresponden a un suspenso». Ante esta situación, en la impugnación tramitada con el asesoramiento legal de Hablamos Español se concluye que «se le han aplicado unos criterios de calificación ilegales».

«Valentía y tenacidad de la niña y su familia»​

«Todos los que estamos a favor de una política lingüística que anteponga los derechos de los alumnos y su mejor educación, a los supuestos derechos de las lenguas, tenemos que agradecerle a esta niña y a su familia su valentía y su tenacidad», ha señalado Gloria Lago, presidenta de Hablamos Español.

«Nos parecía importante que un juez le dijera a la Consejería de Educación que, efectivamente, hay que permitir en uso de la lengua oficial del alumno en la elaboración de exámenes y trabajos: hay que valorar sus conocimientos de la asignatura, no la lengua en la que se expresan», ha abundado.

Lago también hace énfasis en que no se trata de un caso aislado, sino que hay otros alumnos afectados por el mero hecho de hacer exámenes en castellano y no en valenciano: «Además, no existe sanción prevista, sino un desbarajuste de penalizaciones que varían de forma notoria de un centro a otro. La inseguridad jurídica es total».

Asimismo, desde Hablamos Español esperan que el cambio de signo político en la Generalitat Valenciana propicie una resolución de estas situaciones. «Ahora que el consejero es de un partido que se solidarizó con alumnos sancionados por este motivo cuando gobernaba el bipartito, confiábamos en poder sacar el caso de esta niña de los tribunales, pero la actual Consejería de Educación se niega a solucionar este caso y nos responde con argumentos inconsistentes y con excusas banales», ha lamentado.

«Les pedimos que recapaciten. No se puede exponer a los alumnos a ser unos héroes, mucho menos cuando has ganado las elecciones prometiendo acabar con estas prácticas contrarias a la libertad de elección de lengua», ha instado Lago a los actuales dirigentes autonómicos.

En los escritos presentados ante los tribunales, Hablamos Español ha esgrimido sentencias en Cataluña y Galicia, donde la denominada inmersión lingüística, en la práctica, la sustitución del castellano por el catalán y el gallego, respectivamente, está más avanzada que en la Comunidad Valenciana. No obstante, en estos fallos judiciales se precisa que el profesor puede dar clase en el idioma oficial que prefiera, pero en ningún caso eso implica que el alumno tenga que examinarse en uno u otro por imposición, y también tiene derecho a utilizar el material didáctico en su lengua materna, además de -por supuesto- examinarse en la que elija libremente.

 

Declarado improcedente el despido de una panadera que orinaba en los recipientes de amasar el pan​

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado como improcedente el despido de una panadera de la cafetería de la Estación de Sants (Barcelona) por orinar en recipientes destinados a productos de consumo humano. Los magistrados han condenado además a la empresa a readmitirla o a indemnizarla con 25.000 euros, tal y como se expone en la sentencia a la que ha tenido acceso 20minutos.

La prueba principal sobre la que se sustentaba el despido era una grabación de la cámara del obrador de la panadería, que, a su vez, era utilizado como vestuario por los empleados. El Tribunal no ha podido admitir el vídeo como válido al considerar que viola el derecho a la intimidad de la empleada, ya que la instalación de esa cámara nunca fue comunicada a los trabajadores.

La sentencia expone los hechos que sucedieron en octubre de 2018, cuando la panadera recibió un burofax en el que se le comunicaba su despido inmediato. En el documento se argumentaba que había cometido "una falta muy grave" al sobrepasar "la buena fe y el abuso de confianza" de la empresa, aspecto recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

En el burofax, la panadería le explicaba que la vieron hasta en tres ocasiones en "cuclillas, miccionando dentro de un bol, arrojando su contenido por el fregadero, remojando el bol ligeramente en agua y depositándolo con el resto de los utensilios limpios usados en tareas de producción para el consumo de los clientes".

Los trabajadores eran conocedores de que existían cámaras instaladas alrededor del local, pero no en el espacio donde se cambiaban para ponerse el uniforme. Además, en el burofax no constaba que el visionado de los actos hubiese sido a través de una cámara de videovigilancia.

El juzgado de primera instancia ya declaró el despido como improcedente, pero la empresa recurrió la sentencia ante el TSJC. En ese primer juicio, la cafetería aseguró que el obrador no era utilizado como vestuario, pero fue desmentido a través de pruebas aportadas por la demandante.

Ahora, los magistrados han vuelto a fallar a favor de la empleada al "prevalecer el derecho a la intimidad sobre los hechos probados".