Irene Montero fija la fecha de la ley del "sólo sí es sí"

La Ley que prepara la Marquesa de Galapagar rebajará las penas a los violadores y podrán salir antes en libertad

La Ministra de Igualdad, también conocida por haber accedido al cargo gracias a ser la novia del Marqués de Galapagar, tiene como principal objetivo elaborar una ley sobre la libertad sexual. Lo lógico es que esta ley estableciera penas más duras para los violadores. Pero parece ser que el objetivo de la Marquesa es otro: criminalizar a los hombres y que lo que diga la mujer sea considerado prueba irrefutable. Algo que va contra la Constitución y contra los principios generales del derecho penal pero esto a podemitas y comunistas les importa bien poco. Ellos han venido a instaurar un nuevo régimen.

La idea de Montero es presentar la nueva ley en fechas próximas al 8 de marzo. Se eliminará el concepto de abuso sexual para que todo sea agresión pero la principal sorpresa viene en el hecho que se rebajan las penas por violación. Según la Marquesa de Galapagar no se pretenden elevar las penas porque no se quiere vender la idea que se "hacen cambios punitivistas".

La idea, según Podemos, es convertir el "hermana yo sí te creo en política pública". Es decir, pretenden que lo que diga la mujer vaya a misa. En este sentido si una mujer denuncia una violación deberá ser creída porque así lo ha decidido la Marquesa de Galapagar. Si esta se ha realizado en grupo tendrá agravantes. La cuestión es que los violadores saldrán antes en libertad ya que se rebajan las penas pero se abre la puerta a que si una mujer lo dedice pueda arruinar la vida a un hombre aunque no hay hecho nada con la excusa del "hermana yo sí te creo".

 



Breve análisis de los bulos que Irene Montero dijo en su última entrevista acerca de la nueva ley de igualdad, el "solo sí es sí" y sus descalificaciones a Cayetana Alvarez de Toledo.
 
Irene Montero asegura que la Policía maltrata a las mujeres que denuncian agresiones sexuales y le llueven palos por mentirosa

Irene Montero sigue con su enloquecida y machacona defensa de la ‘Ley contra la violencia sexual‘ y para su cruzada no le importa poner en el foco de manera aleatoria a los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado.

En su alegato, la ministra de Igualdad declaró recientemente lo siguiente:
Cuando una mujer denuncia una agresión sexual en comisaría se le pregunta si iba vestida con una minifalda
Unas palabras que no pasaron desapercibidas para diferentes asociaciones de policías en concreto y para las redes sociales en general:































 
Irene Montero aún la lía más y acusa a jueces y fiscales de preguntar a las mujeres "si abren mucho las piernas"

La Ministra de Igualdad Irene Montero pronunció unas palabras el pasado viernes en las que acusaba a los agentes de Policía Nacional y de Guardia Civil de actuar con sesgo machista por, supuestamente, preguntar a las mujeres víctimas de una violación si llevaban minifalda o qué prenda de ropa llevaban. Lejos de rectificar y de pedir perdón, la Marquesa de Galapagar ha ampliado esta acusación a los operadores jurídicos, esto es, jueces fiscales y letrados de la administración de justicia (antiguos secretarios judiciales).

"Hemos visto con contundencia en los medios de comunicación cómo operadores judiciales preguntan a una mujer si ha abierto mucho las piernas o si llevaba una minifalda", ha manifestado en sede parlamentaria.

"Los propios organismos internacionales nos dicen que es una carencia impropia de un Estado de Derecho, de un Estado democrático, que es algo que dificulta la igualdad y que por tanto tenemos que ayudar a los operadores judiciales y también a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a que tengan más herramientas", ha añadido.

Una salida hacia adelante de la Marquesa que le podría costar un disgusto con jueces y fiscales y también podrían pedir su dimisión, como ya ha hecho una asociación de la Guardia Civil.

 
Maduro marca el camino: La Marquesa pretende que los jueces que se formen en "el sí es sí" sean los que asciendan

La Ministra de Igualdad quiere implementar un sistema judicial basado en el llamado "si es si". Es decir cambiar la presunción de inocencia actual que rige en España y en todos los países democráticos y accidentales por una presunción de veracidad de la víctima o supuesta víctima. Esta peligrosa tesis convertirá en delincuentes a todos los hombres que sean denunciados por mujeres cuando éstas, en sus denuncias, aleguen que no consintieron de manera expresa.

En este sentido, el Gobierno socialpodemita en bloque y, muy especialmente, desde el Ministerio de Igualdad liderado por la Marquesa, quiere premiar a los jueces progres que consideren que este es el camino.


Todo ello demuestra que las tesis de Nicolás Maduro están calando en el ejecutivo del Frente Popular. Premiar a los suyos y marginar a los que sean sumisos a sus locuras dictatoriales. Sus ministros -y ministras (que no se enfaden)- siguen la senda marcada por la narcodictadura de Venezuela.

 
Tormenta de objeciones al proyecto de reforma de Irene Montero para los delitos sexuales

El Consejo de Ministros aprobará esta semana el anteproyecto de la reforma de los delitos sexuales. Un texto provisional que han pulido los equipos de Igualdad y Justicia, coordinados por la vicepresidenta Carmen Calvo, después de que el departamento de Juan Carlos Campo detectara deficiencias en el proyecto legislativo. Irene Montero ha tenido que hacer frente a una tormenta de objeciones al proyecto presentadas desde vicepresidencia, pasando por Hacienda hasta llegar a Justicia y otros sectores socialistas del gobierno, según ha sabido la Cadena SER.

Las críticas se resumen en que el borrador repartido por Igualdad era más político que legislativo, bajaba las penas sin tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no incorporaba correctamente el Convenio de Estambul y tenía una clara vocación invasiva. El departamento de Irene Montero regulaba aspectos reservados a la ley de la infancia que impulsa Pablo Iglesias al afectar a menores de 16 años, no dejaba clara la delimitación con la Ley Integral contra la Violencia de Género que impulsó José Luis Rodríguez Zapatero e invadía competencias reservadas a las comunidades autónomas en materia de asistencia social o educación.

23 artículos, casi la mitad de los 60 del proyecto, y dos disposiciones reproducían de forma prácticamente idéntica artículos vigentes de otras leyes. El borrador tenía hasta errores formales: iban en mayúscula letras que debían ser minúsculas, las referencias numéricas se escribían en número y no en letra y se empleaban palabras que no figuran en la RAE como interseccional o revictimizar.

Las fuentes consultadas confían en que las objeciones se incorporen al proyecto inicial del Ministerio de Igualdad, aunque subrayan que aún quedará trabajo por hacer y esperan que las enmiendas de los grupos parlamentarios y los informes del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado terminen de pulir el texto.

Las contradicciones del proyecto

La reforma de Irene Montero dice en su artículo primero que tiene por objeto la protección integral del derecho a la libertad sexual de “todas las personas”, pero en su artículo cuarto dice que su ámbito de aplicación va dirigido a “todas las mujeres mayores de dieciséis años”. Además de la contradicción, en este punto se invade la ley de protección de la infancia que va dirigida a las mujeres de entre 16 y 18 años.
En el artículo 2 se establecen delitos inexistentes como el sexting y se incluyen aspectos que no tienen necesariamente naturaleza sexual o que, nuevamente, se
refieren a menores. En este precepto las definiciones de violencia de género y violencia machista no encajan con las enunciadas en el Convenio de Estambul.

La ley no recoge especificidades de las minorías como los inmigrantes que puedan verse afectados por este tipo de delitos y tampoco establece los programas de tratamiento para los agresores que reivindica el Convenio de Estambul más allá de los existentes en los centros penitenciarios. Los juzgados de violencia contra la mujer, según el borrador, asumirán la investigación de los casos de agresión sexual.

Lo que también es objeto de controversia porque no se ha tenido en cuenta la carga de trabajo de estos órganos judiciales. Controversia también en torno a otra novedad de la futura ley que prevé la responsabilidad penal de las empresas en caso de agresiones sexuales. Primero porque esta no es una exigencia del Convenio de Estambul y segundo porque estamos ante delitos exclusivamente personales, sin perjuicio de que las empresas puedan incurrir en responsabilidad civil subsidiaria.


Demostrando que no tiene ni idea de nada. Solo es experta en decir sandeces.
 
Carmen Calvo interviene de urgencia para salvar la ley feminista de Podemos

El anteproyecto de ley integral por la protección de la libertad sexual y contra las violencias sexuales, impulsado por la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha abierto una nueva espita de disenso en el Gobierno de coalición del PSOE y Unidas Podemos.

En una semana crucial para el Ejecutivo, por la significación feminista del 8-M, Día Internacional de la Mujer, la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, ha tenido que actuar de urgencia para salvar la norma y que llegue en tiempo y, sobre todo, en forma al Consejo de Ministros que se celebrará este martes.

El texto legal, en la versión del equipo de la ministra morada, arrastraba unas "deficiencias notables" que obligaron al Ejecutivo a modificar y retocar el texto hasta este lunes por la tarde. Contra el reloj. "Las prisas con las que se ha tenido retocar el texto ha sido lo peor. Lo más lamentable: la premura", explican fuentes gubernamentales a EL MUNDO.

"Se está trabajando para que mañana [por este martes] lo vea el Consejo de Ministros", aseguraron a este diario fuentes del Ejecutivo. Tanto la Vicepresidencia Primera como el Ministerio de Justicia han contribuido a mejorar el texto para que llegue a tiempo, ya que encontraron errores y vieron que invadía competencias de las autonomías, que son las encargadas de gestionar la educación y la asistencia social, materias en las que entraba el primer borrador que elaboró Montero.

La revisión por parte de la Vicepresidencia Primera y de Justicia es un procedimiento habitual, explican las fuentes consultadas que, reconocen, no obstante, que esta vez la poda ha sido mayor, ante el problema que generaba para los socialistas el texto de Irene Montero.

LAS 'DEBILIDADES' DE LA 'LEY MONTERO'

En concreto, se ha tenido que adaptar el anteproyecto de Ley a las directrices emanadas del Convenio de Estambul para que el consentimiento sea la clave para determinar una violación y no dependa de la intimidación y la violencia. Es el aspecto más conocido de la ley.

Además, se ha tenido que analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los delitos sexuales después de que la doctrina del Alto Tribunal fuese modificada a raíz del polémico caso de La Manada.

Asimismo, otra de las cuestiones en las que se ha trabajado a contrarreloj es sobre la proporcionalidad de las penas debido a que, al eliminarse la figura del abuso en el Código Penal, se han introducido en el anteproyecto legal los subtipos delictivos agravados.

Por otro lado, fuentes conocedoras de las modificaciones que ha sufrido el texto inicial presentado por el equipo de la ministra Montero explican que uno de los puntos más peliagudos de estudio ha sido la ampliación de las competencias de los "juzgados especializados" en violencia de género. Asimismo, el texto entraba en aspectos reservados a la ley de la infancia al afectar a menores de 16 años y establecía delitos inexistentes como el sexting.

Desde Ferraz se puntualiza que la reforma de los delitos sexuales es un tema con el que se quiere hacer bandera feminista, pero sin politizarlo. El PSOE entiende que al ser "una ley fundamental para el Gobierno de coalición y muy socialista" no podían presentarla en el Consejo de Ministros sin haberla adecentado antes, ya que pecaba de falta de rigor.

UNA NORMA "VITAL PARA PODEMOS"

"La reforma del Código Penal es una cuestión muy seria", subrayan. Aunque, eso sí, los socialistas consultados rebajan el alcance del desencuentro con los morados. Precisamente, porque la ley es "vital para Podemos", también, de manera que no se ha prestado a las modificaciones.

De hecho, la propia Irene Montero aseguró este lunes que su propuesta inicial ha sufrido "cambios" y ahora es "un borrador depurado". "Todas las leyes se elaboran en proceso de diálogo con todos los ministerios implicados", afirmó, antes de añadir que la norma llega al Consejo de Ministros "consensuada".

"El Gobierno está orgullosísimo de esta ley", subrayó a la par que destacó que "es inexacto completamente decir que se bajan las penas, porque hay penas que se introducen o, las penas de acoso por ejemplo, todas suben".

En febrero, en Podemos ya reconocieron "discrepancias" en el seno del Ejecutivo -sobre todo entre Montero y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo- respecto a esta norma, coincidiendo con la decisión del Gobierno de hacer un paquete de reformas dentro del Código Penal en el que se incluyera también la revisión del delito de sedición.

MALESTAR EN EL PSOE

En estos últimos días ha habido malestar en el PSOE por la falta de nivel del texto. Por ejemplo, la ex diputada socialista que fue portavoz de Igualdad cuando se suscribió el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, Ángeles Álvarez, que es un referente feminista del partido, cargó con dureza contra Podemos.

"Una ley es algo serio. Siento que mi partido tenga que corregir a Irene Montero". "Las políticas de igualdad no pueden ser el laboratorio de aprendizaje de Podemos, poniendo en riesgo el compromiso social con la igualdad entre mujeres y hombres", atizó, desde su cuenta de Twitter.




Asimismo, las distintas fuentes del Gobierno consultadas explican que el anteproyecto que avalará el Consejo de Ministros pasará después a informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Consejo de Estado y Consejo Fiscal. Aunque dichos dictámenes son preceptivos, pero no vinculantes, en Moncloa confían en que dichos informes también ayuden a mejorar el texto legal antes de pasar a una segunda vuelta del Consejo de Ministros y ver la luz verde definitiva.

Junto a la reforma de los delitos sexuales, otros asuntos como la política de asilo, el reforzamiento de las vallas de Ceuta o Melilla o las devoluciones en caliente -avaladas por una sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo- han destapado distintas fisuras de calado en la coalición de izquierdas.

Además, los citados choques se produjeron sin que las comisiones de seguimiento gubernamental y parlamentaria de la coalición fueran capaces de sellar las grietas.

 
Ley Libertad Sexual. Piropear a una mujer será 'acoso sexual' y te encerrarán en casa como Hannibal Lecter

Lo adelantó MEDITERRÁNEO DIGITAL y los progres, desde el Ministerio de la Verdad cimentado sobre su púlpito de superioridad moral, lo denunciaron y dijeron que se trataba de una 'fake news'. La enésima. Al final, como siempre, el tiempo nos ha acabado dando la razón. Lo que nosostros decimos se convierte en realidad.

El anteproyecto de ley de Libertad Sexual aprobado este martes en el Consejo de Ministros (y Ministras) —la conocida como ley del 'solo sí es sí'— introduce un nuevo delito en el Código Penal, el "acoso ocasional", que castiga el acoso puntual, sexista o sexual, contra las mujeres en el entorno callejero o en los espacios de ocio.

Este nuevo tipo penal tiene carácter "leve" y castigará por primera vez "expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria". Por ejemplo, los piropos.

El equipo del Ministerio de Igualdad que preside Irene Montero y está integrado por feminazis, ha explicado en comparecencia de prensa que las penas asociadas al delito de "acoso ocasional" podrán ser la "localización permanente (arresto domiciliario)", hasta un mes de trabajos comunitarios, multas, así como la imposición de medidas de alejamiento para proteger a la víctima.

Unidas Podemos ha conseguido introducir en la ley una propuesta que ya plantearon hace dos años desde la oposición y que castiga penalmente el acoso sexual que sufren las mujeres en la vía pública, en bares, fiestas privadas o discotecas, pero ha rebajado las condenas que preveía en su propuesta inicial.

Así, la formación comunista aspiraba a imponer entre 3 a 9 meses de trabajos para la comunidad para el acoso sexual callejero, una pena que ha sido rebajada a un máximo de un mes en el anteproyecto que ha aprobado el Consejo de Ministros.

El combate contra el acoso sexual callejero, que ocurre cuando una o varias personas lanzan comentarios indeseados y hostigan a mujeres, pasará a ser por pimera vez considerado violencia machista en España. Según un informe del Gobierno que al menos un 55% de las mujeres han sido víctimas de acoso sexual en la calle. A este paso, va a ser delito hasta mirar a una mujer por la calle. Al tiempo.

 
La Marquesa de Galapagar convierte en delito decir algo "sexista o sexual" por la calle

Faltan pocos días para la llegada del 8M y la Ministra de Igualdad, Irene Montero, quiere una reforma express del Código Penal que castigue a los hombres que profieren expresiones "sexuales" o "sexistas" por la calle dirigidas a mujeres, "con ánimo machista" y que pongan a la mujer en una situación "objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".

Como es lógico, el alcance subjetivo de la intimidación, irá a cargo de la declaración policial y judicial de la mujer. Los adjetivos "humillante, hostil" e "intimidatorio", todos son de carácter subjetivo, esto es, no causa la misma "humillación", "hostilidad" e "intimidación" un mismo acto a una mujer u otra, por lo que aparecen muchas dudas sobre su valor probatorio y como garantizar el principio de la presunción de inocencia.

Nada dice el proyecto de Ley sobre las expresiones "sexuales" o "sexistas" proferidas por mujeres. Ni de las expresiones de hombres a hombres. Ni de mujeres a hombres. El Gobierno socialpodemtia sólo quiere que sean delito las expresiones de hombres a mujeres.

 
La cajera de supermercado devenida ministra decide penar con hasta 15 años de cárcel las relaciones sexuales que la mujer considere no consentidas

La nueva ley de libertad sexual y contra las violencias sexuales, que acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual, castigará las violaciones con penas de 4 a 10 años, que podrán llegar hasta los 12 años con una agravante y hasta los 15 con dos agravantes.

Así se recoge en el anteproyecto de ley integral que la ministra de Igualdad, Irene Montero, lleva este martes al Consejo de Ministros, y que ha provocado los primeros roces en el Gobierno, que cree que la reforma podría llegar al Congreso en marzo y quedar aprobada antes del verano.

La adaptación del Código Penal al Convenio de Estambul para que el consentimiento sea la clave para determinar una violación y no dependa de la intimidación y la violencia, una reforma conocida como ‘sí es sí’, es el aspecto más conocido de la ley, pero esta legislación aspira a ser integral e incluye no sólo más cambios punitivos, sino un enfoque amplio contra la violencia sexual.

Ahora, toda penetración sin consentimiento será considerada una violación y este delito podrá ser penado con entre 7 y 12 años si hay un agravante. Si se le suman dos, podría ser castigado con penas entre 9 y 15 años de prisión, han informado a Efe fuentes de Igualdad.

En la modificación del Código Penal relativa a los delitos sexuales se introducirá además la agravante de que la agresión sexual haya sido precedida o acompañada de violencia y grave daño y también se matiza la agravante de parentesco para dejar claro que se debe incrementar la pena en caso de que la víctima sea la esposa o expareja del agresor.

Acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual

En concreto la ley tiene como objeto la protección integral del derecho de libertad sexual de todas las personas mediante la prevención y la erradicación de todas las violencias sexuales que afectan a las mujeres de manera desproporcionada, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de género.

Con la nueva norma será castigado con pena de prisión como culpable de agresión sexual el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunsatancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto.

También se considerará agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, o actuando de manera sorpresiva, así como los que se ejecuten sobre las personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusara y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada su voluntad por cualquier causa.

Crea un delito de acoso «callejero» ocasional

El anteproyecto de ley orgánica también incluirá en el Código Penal el delito de «acoso ocasional», que considerará como un delito leve aquellas «expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas» que pongan a la víctima en una situación «objetivamente humillante, hostil o intimidatoria».

Este delito conllevará penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas para los agresores, y castigará así el conocido como acoso «callejero», situaciones que no tienen por qué darse en vía pública: pueden ocurrir en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos.

El Ministerio de Igualdad ha explicado que hasta ahora solo estaban penadas estas situaciones en el ámbito de la violencia doméstica, es decir, entre familiares, pareja o expareja.

Fecha simbólica coincidiendo con el 8M

La premura con la que Igualdad quería aprobar este proyecto, en la semana del 8-M para dotarlo de un mayor simbolismo, ha chocado con las reticencias de los ministros del PSOE que veían la necesidad de pulir algunos detalles del texto que afectaban a los juzgados especializados, para garantizar que no invadía competencias de las comunidades autónomas y que tenía en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Hasta última hora del lunes no se cerró el texto que aborda el Consejo de Ministros, y que ha contado con la contribución de otros departamentos del Gobierno. Fuentes del Ministerio de Justicia reconocían a Efe que expertos y penalistas estaban realizando las últimas aportaciones para «mejorar» el proyecto, en lo que califican como «un procedimiento habitual» para «lograr el mejor texto posible».

El anteproyecto podría sufrir cambios

Finalmente, superadas las discrepancias aparentemente, el texto conlleva una modificación del Código Penal con la creación de nuevos delitos y, sobre todo, acaba con la distinción entre abuso y violación al convertir en el eje central del proyecto la figura del consentimiento, como reclama el Convenio de Estambul, para que quede claro que «solo sí es sí». Una llamada que ya se ha convertido en el nombre por el que es conocida la ley.

El anteproyecto debe pasar aún por la fase de informes y después tramitarse en el Congreso, donde también podría sufrir cambios, pero ya se conoce que modifica el artículo 178 del Código Penal para establecer que será «castigado con la pena de prisión de 1 a 4 años como reo de agresión sexual el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento».

Y precisa en el mismo artículo que «se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad de participar en el acto».

Asimismo, define como actos de agresión sexual aquellos que «se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, o actuando de manera sorpresiva».

Adaptación del Código Penal al Convenio de Estambul

También los que «se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada su voluntad por cualquier causa».

Los castigos de uno a cuatro años para estos delitos corresponden al tipo penal básico para los delitos de carácter sexual, han indicado a Efe fuentes de Igualdad, y habrá tipos concretos que serán penados de manera diferente, entre ellos, la violación, y también agravantes que incrementarán esas cuantías.

La adaptación del Código Penal al Convenio de Estambul para que el consentimiento sea la clave para determinar una violación y no dependa de la intimidación y la violencia es el aspecto más conocido de la ley, pero esta legislación aspira a ser integral e incluye un enfoque amplio contra la violencia sexual.

Derecho a decidir

El objetivo es, en palabras de Irene Montero, «ampliar el foco» con un «marco normativo integral que reconozca como formas de violencias machistas todas las conductas que impliquen la vulneración en cualquier forma del derecho a decidir acerca de la vida sexual».

Agresiones sexuales, acoso sexual, acecho, extorsión y engaño pederasta, también cuando se lleven a cabo mediante tecnologías de la información y la comunicación, o infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual son algunas de ellas.

La ley también conllevará la creación de una red de servicios de información y asistencia integral especializada, con «centros de crisis» que atiendan a las víctimas de delitos sexuales las 24 horas del día. Según la ministra de Igualdad, la sensibilización y la prevención serán pilares básicos de su funcionamiento.

 
Ninguna mujer extranjera que denuncie haber sido violada podrá ser expulsada de España

Las mujeres extranjeras víctimas de violencias sexuales, cualquiera que sea su situación administrativa, tendrán los derechos reconocidos en la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, de acuerdo con el anteproyecto que inicia ahora su andadura.

El texto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, establece que a las extranjeras en situación irregular que denuncien una situación de violencia sexual no se les incoará el expediente sancionador previsto en la ley de extranjería y, si estuviera ya iniciado, se suspenderá su tramitación. Tampoco se ejecutarán las órdenes de expulsión o de devolución al país de origen que hayan sido ya acordadas.

La mujer extranjera podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se dicte una orden de protección a su favor o, en su defecto, el fiscal indique en un informe que existen indicios de violencia sexual. Dicha autorización no se resolverá hasta que concluya el procedimiento penal.

La víctima extranjera también podrá solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales a favor de sus hijos menores de edad o que tengan una discapacidad, o una autorización de residencia y trabajo en caso de que fueran mayores de 16 años y se encuentren en España en el momento de la denuncia.

Mientras se resuelve el proceso penal, podrá concedérseles una autorización provisional de residencia y trabajo, que concluirá en el momento en que se concedan o denieguen definitivamente las autorizaciones por circunstancias excepcionales.

Cuando el procedimiento penal concluya con una sentencia condenatoria o con una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia sexual, incluido el archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado, "se notificará a la interesada la concesión de las autorizaciones solicitadas", indica el texto.

Si del procedimiento penal concluido no pudiera deducirse la situación de violencia sexual, se incoará o se continuará el expediente administrativo sancionador establecido en la ley de extranjería.

Esta última previsión no estaba en el borrador elaborado por el departamento de Irene Montero, sino se ha introducido a resultas de las observaciones presentadas por la Vicepresidencia primera y Ministerios como el de Justicia e Interior.

 
Las víctimas de violencia sexual recibirán ayudas económicas con un simple informe del servicio social

Las mujeres que denuncien haber sido víctimas de violencia sexual, situación que podrán acreditar con una resolución judicial o un escrito del fiscal y también con un mero informe de los servicios sociales, tendrán "derecho a la atención a las necesidades económicas, laborales, de vivienda y sociales", de acuerdo con el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual aprobado este martes por el Gobierno.

El texto abanderado por el Ministerio de Igualdad, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, prevé una "atención integral especializada" que deberán dispensar las "Administraciones competentes" -que no se especifican- mediante el despliegue de un "número suficiente" de Centros de Crisis 24 horas para "atención psicológica, jurídica y social" no sólo a las víctimas de violencia sexual sino también a "familiares y personas del entorno", que no se concretan.

El anteproyecto, cuya memoria económica se desconoce, también establece la instauración de "servicios interdisciplinares" para "apoyar la recuperación psicológica de las víctimas en el largo plazo, así como sus demandas de acompañamiento social, laboral y jurídico".

Medidas laborales

Tanto si se trata de trabajadoras de empresas privadas como de funcionarias, las víctimas de violencia sexual tendrán derecho a la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica y al cambio de centro laboral. Las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por la situación física o psicológica derivada de las violencias sexuales se considerarán justificadas.

Si trabajan en empresas privadas, podrán suspender la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y ese tiempo se considerará como período de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social y de desempleo.

Las funcionarias, por su parte, podrán pedir la excedencia sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y sin que sea exigible plazo de permanencia en la misma. Durante los seis primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo, siendo computable este período a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de Seguridad Social.

A las víctimas de violencia sexual que sean trabajadoras por cuenta propia se les suspenderá la obligación de cotización durante seis meses, que serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social.

Ayudas económicas

Las desempleadas que hayan sufrido violencias sexuales tendrán derecho, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, a las ayudas de contenido económico reguladas en el artículo 38 del anteproyecto, consistentes en seis meses de subsidio de desempleo.

A esta ayuda, prorrogable por una sola vez, también accederán las víctimas que tengan una renta inferior al salario mínimo interprofesional, actualmente establecido en 950 euros.

En el caso de que la víctima tenga personas a cargo, recibirá 18 meses de subsidio, o de 24 meses si la víctima o alguno de los familiares que conviven con ella tiene reconocida oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.

Además, las Administraciones públicas "promoverán el acceso prioritario de las víctimas de violencias sexuales al parque público de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a la vivienda, en los términos que se determine reglamentariamente".

La iniciativa legislativa considera que el Estado tiene el deber de "restituir a la víctima en su situación anterior a la violencia", lo que comprende "la compensación económica por los daños y perjuicios, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición".

Por "reparación simbólica" se entienden las "declaraciones institucionales que restablezcan la dignidad y reputación" de las víctimas.

El ámbito de aplicación de la ley comprende a todas las mujeres desde los 16 años que hayan sufrido violencias sexuales, definidas como "cualquier acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado".

Acoso callejero, delito

El anteproyecto plantea una reforma de los delitos contra la libertad sexual y tipifica el llamado acoso callejero.

Así, desaparece el abuso sexual y se considera agresión sexual "cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento". Se entenderá que no existe consentimiento "cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto".

En todo caso habrá agresión sexual si se emplea violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, así como si la víctima está privada de sentido o tiene anulada su voluntad por cualquier causa.

El acoso callejero tipifica como delito "dirigirse a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".

Está castigado con penas de localización permanente de cinco a treinta días siempre en un domicilio alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses.

 
Las víctimas de violencia sexual recibirán paguitas si así lo estipulan las charos de servicios sociales aunque no haya condena

La Ley Montero continúa presentando muchas dudas. El Ministro de Justicia ha filtrado a la Cadena Ser todos las irregularidades e imperfecciones que presenta el proyecto y se ha abierto una guerra en el Frente Popular. Será necesario únicamente un informe de las funcionarias de los servicios sociales para que las mujeres "víctimas" de esta violencia sexual (entendiéndose por víctimas las que hayan presentado una denuncia) cobren una ayuda pública y además se le conceda la prestación de paro y otras prestaciones sociales aunque no cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley.

Por si fueran pocos todos estos 'beneficios' también se les dará una casa para que puedan estar "alejadas del peligro" y si son extranjeras en situación irregular no podrán ser expulsadas a su país de origen.

Esta peligrosa práctica implicará que muchas mujeres presenten la denuncia con el objetivo de beneficiarse de estas medidas, aún sin una sentencia condenatoria para el denunciado. Luego, una vez se hayan beneficiado de las medidas, será tan fácil como retirar la denuncia en sede de juicio, valiéndose del artículo 416 que exime de la obligación de declarar contra la pareja o cónyuge.

 
La 'ley Montero' ilegalizará la publicidad que exhiba el cuerpo femenino para vender productos

La Ley de Libertad Sexual cuyo anteproyecto presentó este martes en el Consejo de Ministros la ministra de Igualdad, Irene Montero, desatando un enfrentamiento interno con ministros socialistas, entre ellos el de Justicia cuyo equipo introdujo in extremis modificaciones al texto antes de ser presentado, prevé ilegalizar la publicidad «sexista».

Según el artículo 10 de Prevención y sensibilización en el ámbito publicitario del texto del anteproyecto de Igualdad de 69 páginas, «se considerará ilícita la publicidad que utilice estereotipos de género que fomenten las violencias sexuales contra las mujeres». Se considerarán ilícitos «los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar».

Formación de periodistas y comunicadores

Para castigarlos, la ley del Gobierno de coalición prevé modificar (por medio de una disposición final del texto) la redacción del artículo 3 de la Ley General de Publicidad 34/1988 que quedará así: «Es ilícita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren sus artículos 18 y 20, apartado 4. Se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar las violencias a que se refieren la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley Orgánica XX/2020 de Protección Integral de la libertad sexual y para la erradicación de las violencias sexuales».

La ley de Libertad Sexual da especial importancia al papel de los medios de comunicación y la publicidad en la modificación de los mensajes sexistas. Por ello, prevé que las Administraciones Públicas promuevan la formación de los periodistas y profesionales de comunicación «con el fin de capacitarlos para informar sobre las violencias sexuales con objetividad, sin estereotipos de género, con pleno respeto a la dignidad de las víctimas y su derecho a la libertad, el honor, la intimidad y la propia imagen».

Igualmente, la ley prevé incluir en las carreras universitarias de comunicación «contenidos dirigidos a la sensibilización y formación en materia de violencias sexuales» y penalizar, por medio de la creación de una lista pública, a los centros universitarios y educativos que no lo hagan.

Necesidad de gran presupuesto

El anteproyecto de ley del Ministerio de Igualdad no contempla el presupuesto necesario para poner en marcha todas las medidas que impulsa, pero éste debería ser ingente para asumir las ayudas que tiene previstas hacia las víctimas de violencia de género.

El Título VII del anteproyecto de ley «consagra el derecho a la reparación como un derecho fundamental en el marco de obligaciones de derechos humanos» y «supone el deber del Estado de restituir a la víctima en su situación anterior a la violencia, y comprende la compensación económica por los daños y perjuicios derivados de la violencia, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición». Es decir, de una manera amplia, vuelca en el Estado el coste completo de que la víctima recupere su vida anterior (vivienda, trabajo, prestaciones sociales, etc…, en caso de haberlas perdido).

Además, también contempla una amplia batería de ayudas sociales y laborales para las víctimas de violencia machista, incluidas las extranjeras en situación irregular, así como incentivos a las empresas que decidan contratarlas o situaciones beneficiosas de horario y reserva de plaza en caso de tratarse de personal funcionarial.

Médicos forenses especializados

Igualmente, el anteproyecto de ley espera introducir importantes cambios de formación, sensibilización y prevención en el ámbito educativo, en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y en el Ejército que necesitarán un amplio desembolso económico.

Por otro lado, según el título VI de la norma, será obligatoria la especialización en violencia machista del personal médico forense que realice los exámenes de interés legal a las víctimas. Una decisión que implicará dotar de personal especializado a la escasa plantilla específica de violencia de género tanto en los hospitales como en los juzgados.