Siete años de prisión por agredir sexualmente a una chica en los servicios de un pub de Granada

Siete años de prisión. Es la pena que acaba de ratificar la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) para un individuo de origen senegalés que, en 2018, agredió sexualmente a una chica en los servicios de un pub de la Plaza de San Agustín de la capital.

La sentencia ahora confirmada fue dictada por la Audiencia de Granada el 18 de septiembre de 2020 e impuso además al acusado C. M. D. la prohibición de acercarse y comunicarse durante nueve años con su víctima, a la que habrá de indemnizar con 8.000 euros. También lo condena a siete años de libertad vigilada.

La chavala estaba aquella noche con una amiga en el citado pub, cuando el procesado «se acercó hasta ellas». C. M. D. iba con otro individuo «cuya identidad no consta» y comenzó a besarse con la víctima.

Ambos se apartaron entonces de la barra «para ir a una zona algo más reservada». Y, pasados unos minutos, el acusado pidió a la joven «mantener relaciones sexuales íntimas, negándose la chica», insistiendo aquél pese a la reiterada negativa de ella.

Al final, el procesado la agarró de la muñeca y tiró de ella hacia la zona de los servicios del local, situada cerca del lugar en que se hallaban. La hizo entrar en el destinado a personas con discapacidad y allí, «tras cerrar la puerta y situarse contra la misma», comenzó de inmediato a quitarle la ropa, «subiéndole la camiseta y bajándole la falda». Lo siguiente fue tratar de forzarla, aunque no pudo penetrarla vaginalmente.

Experiencia «horrible»​

Como consecuencia del forcejeo entre ambos, el acusado resbaló, momento en que la víctima pudo salir rápidamente del servicio y dirigirse a la barra donde se encontraba su amiga, a quien dijo que «había vivido una experiencia horrible y que se había sentido violentada».

Paar el TSJA, la Audiencia «no incurrió en ningún error claro y manifiesto en la valoración de las pruebas que se deba corregir, lo que conduce a la desestimación del motivo del recurso». El reo había apelado su castigo alegando, entre otros motivos, que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.