El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1, en primera instancia, y posteriormente la Sección Primera de la Audiencia Provincial con el informe favorable del Ministerio Fiscal, han desestimado el procesamiento de un ciudadano de Las Palmas de Gran Canaria, que fue denunciado por, presuntamente, haber agredido sexualmente y pegado a su pareja sentimental en unos hechos que tuvieron lugar en octubre de 2015.
El archivo llegó después de que, pasados tres años, el acusado presentara como prueba una serie de vídeos caseros en los que se veía a la pareja, el día de los hechos, manteniendo relaciones vaginales y anales totalmente consentidas, como así determinaron ambos organismos judiciales.
Todo comenzó en octubre de 2015, cuando la mujer, de 24 años, denunció a su novio, de 27, porque, según relató en comisaría y en sede judicial, mantuvieron una noche relaciones vaginales de forma consentida –en presencia de su hijo de dos años–, pero luego él le dijo que quería hacerlo también vía anal. Según su relato, ella se negó y él la forzó penetrándola analmente boca abajo en la cama, e incluso detalló que eyaculó dentro de ella. A continuación, declaró que, fruto de los nervios, le dio un bofetón en la cara y le tiró una botella de alcohol de la que habían bebido y, para que se fuera, le exclamó que se había acostado anteriormente con su exnovio y que con él sí que había mantenido relaciones anales. Según su declaración, a continuación el varón le dio una patada en la pierna en presencia de un compañero de piso de ella. Por estos hechos, el denunciado fue detenido y puesto a disposición judicial acusado de agresión sexual, maltrato en el ámbito familiar, violencia doméstica y de género y lesiones, delitos que sumaban los 20 años de cárcel.
Pero dos años después, el denunciado presentó cinco vídeos que fueron visionados en sede judicial en los que se veía a la pareja manteniendo relaciones anales, con ella encima de él, de común acuerdo y donde, denunciante y procesado, interactúan grabando éste último mientras la mujer es la que toma parte activa del acto sexual. Esta prueba sirvió para que se revocara el auto de procesamiento y quedara absuelto de la agresión sexual.
Un 0,01% de casos y un procedimiento que se centra ahora en lesiones leves
Este caso –que según la defensa del acusado derivará en denuncia por acusación falsa–, se ha transformado ahora en diligencias previas por maltrato familiar al admitir el varón que dio una patada en el muslo a la mujer durante la discusión posterior al acto sexual. Hay que recordar que, según la FiscalíaGeneral del Estado, las estadísticas dejan un porcentaje de 0,078% (96) de condenas por denuncia falsa en violencia machista frente a las 1.222.172 denuncias interpuestas desde 2009, con el porcentaje ascendiendo hasta el 0,01% (131) si sumamos los casos que todavía están bajo investigación.
Entrando en el fondo de este procedimiento, hay que destacar que la Audiencia Provincial determina que «la grabación mutuamente consentida de las relaciones sexuales producidas en la noche de los hechos», «desmonta por completo la tesis de la parte denunciante». Añade que «la grabación de escenas de contenido sexual protagonizadas por denunciante y procesado se producían de común acuerdo, pues se advierte con claridad meridiana como interactúan ante la cámara del móvil». Por estos motivos, señala la Audiencia Provincial que al no existir «la apariencia objetiva de la agresión sexual, el procesamiento del apelante debe de decaer».
Además, se refiere la resolución a los informes psicológicos realizados a la denunciante: «Pese a significar la existencia de sintomatología propia del trastorno por estrés postraumático relacionado con la vivencia de la supuesta agresión sexual, choca con la franca debilidad del testimonio incriminatorio, lo que abre la puerta a alternativas razonables a la objetivización de este diagnóstico», motiva. «Cuando la piedra angular de una imputación [...] viene constituida por la declaración de la víctima, queda profundamente lastrada en su credibilidad», detalla el auto dictado por la Sección Primera.
Alexis Bethencourt: «Acusaremos a la otra parte por denuncia falsa»
El abogado Alexis Bethencourt, que lleva la representación del acusado, anunció que presentarán «en el juzgado un escrito para que se deduzca testimonio y, además, vamos a emprender acciones legales contra esta señora por denuncia falsa», manifestó.
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El archivo llegó después de que, pasados tres años, el acusado presentara como prueba una serie de vídeos caseros en los que se veía a la pareja, el día de los hechos, manteniendo relaciones vaginales y anales totalmente consentidas, como así determinaron ambos organismos judiciales.
Todo comenzó en octubre de 2015, cuando la mujer, de 24 años, denunció a su novio, de 27, porque, según relató en comisaría y en sede judicial, mantuvieron una noche relaciones vaginales de forma consentida –en presencia de su hijo de dos años–, pero luego él le dijo que quería hacerlo también vía anal. Según su relato, ella se negó y él la forzó penetrándola analmente boca abajo en la cama, e incluso detalló que eyaculó dentro de ella. A continuación, declaró que, fruto de los nervios, le dio un bofetón en la cara y le tiró una botella de alcohol de la que habían bebido y, para que se fuera, le exclamó que se había acostado anteriormente con su exnovio y que con él sí que había mantenido relaciones anales. Según su declaración, a continuación el varón le dio una patada en la pierna en presencia de un compañero de piso de ella. Por estos hechos, el denunciado fue detenido y puesto a disposición judicial acusado de agresión sexual, maltrato en el ámbito familiar, violencia doméstica y de género y lesiones, delitos que sumaban los 20 años de cárcel.
Pero dos años después, el denunciado presentó cinco vídeos que fueron visionados en sede judicial en los que se veía a la pareja manteniendo relaciones anales, con ella encima de él, de común acuerdo y donde, denunciante y procesado, interactúan grabando éste último mientras la mujer es la que toma parte activa del acto sexual. Esta prueba sirvió para que se revocara el auto de procesamiento y quedara absuelto de la agresión sexual.
Un 0,01% de casos y un procedimiento que se centra ahora en lesiones leves
Este caso –que según la defensa del acusado derivará en denuncia por acusación falsa–, se ha transformado ahora en diligencias previas por maltrato familiar al admitir el varón que dio una patada en el muslo a la mujer durante la discusión posterior al acto sexual. Hay que recordar que, según la FiscalíaGeneral del Estado, las estadísticas dejan un porcentaje de 0,078% (96) de condenas por denuncia falsa en violencia machista frente a las 1.222.172 denuncias interpuestas desde 2009, con el porcentaje ascendiendo hasta el 0,01% (131) si sumamos los casos que todavía están bajo investigación.
Entrando en el fondo de este procedimiento, hay que destacar que la Audiencia Provincial determina que «la grabación mutuamente consentida de las relaciones sexuales producidas en la noche de los hechos», «desmonta por completo la tesis de la parte denunciante». Añade que «la grabación de escenas de contenido sexual protagonizadas por denunciante y procesado se producían de común acuerdo, pues se advierte con claridad meridiana como interactúan ante la cámara del móvil». Por estos motivos, señala la Audiencia Provincial que al no existir «la apariencia objetiva de la agresión sexual, el procesamiento del apelante debe de decaer».
Además, se refiere la resolución a los informes psicológicos realizados a la denunciante: «Pese a significar la existencia de sintomatología propia del trastorno por estrés postraumático relacionado con la vivencia de la supuesta agresión sexual, choca con la franca debilidad del testimonio incriminatorio, lo que abre la puerta a alternativas razonables a la objetivización de este diagnóstico», motiva. «Cuando la piedra angular de una imputación [...] viene constituida por la declaración de la víctima, queda profundamente lastrada en su credibilidad», detalla el auto dictado por la Sección Primera.
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Un vídeo porno casero deja libre a un denunciado por violación
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