Re:Punki

miksasund said:
No mientas brivon XD

primero de todo, es bribon.

segundo, a los 18 ire a camelarte, de momento tirate a todo ser viviente que quieras :elrisas:
 
miksasund said:
si yo escribo brivon, es brivon
mmmmm te espero sentada y tejiendo una manta de ilusiones perdidas.

nada de ilusiones perdidas.
 
Vamos Punky, dale una oportinidad a la chica.

... que tenga que estudiar Derecho para estas cosas..... :facepalm: :facepalm:

La edad legal para mantener relaciones sexuales es actualmente de 13 AÑOS, un adulto puede mantener relaciones sexuales con un chico o chica de 13 años sin que se considere delito, ya que el Código Penal fija esa edad para considerar que las relaciones son consentidas.

El Gobierno estudia subir esa edad hasta los 15 o 16 y lo hará en un breve periodo de tiempo.

Por lo tanto, siempre que ella consienta, si le metes tu polla por el culo a Miksasund hasta dejarla sin aliento nadie podrá acusarte de NADA.


No hay de qué :numberone:
 
Starr_Lennon said:
Vamos Punky, dale una oportinidad a la chica.

... que tenga que estudiar Derecho para estas cosas..... :facepalm: :facepalm:

La edad legal para mantener relaciones sexuales es actualmente de 13 AÑOS, un adulto puede mantener relaciones sexuales con un chico o chica de 13 años sin que se considere delito, ya que el Código Penal fija esa edad para considerar que las relaciones son consentidas.

El Gobierno estudia subir esa edad hasta los 15 o 16 y lo hará en un breve periodo de tiempo.

Por lo tanto, siempre que ella consienta, si le metes tu polla por el culo a Miksasund hasta dejarla sin aliento nadie podrá acusarte de NADA.


No hay de qué :numberone:

que venga, pero mira lo que remarco, asi que miksasund, no te flipes con la celebracion
 
MCETPM said:
que venga, pero mira lo que remarco, asi que miksasund, no te flipes con la celebracion

Por supuesto, pero mi labor como abogado suyo es simplemente recalcar que si no mantienes relaciones sexuales con mi clienta es solo porque TÚ no quieres.
 
Starr_Lennon said:
Por supuesto, pero mi labor como abogado suyo es simplemente recalcar que si no mantienes relaciones sexuales con mi clienta es solo porque TÚ no quieres.

La acción de coaccionarme mediante sutilezas para mantener relaciones sexuales en mi desacuerdo puede acarrear problemas juridicos.
 
miksasund said:
Comeme tol bacalao!

slurp slurp

lameton.jpg
 
MCETPM said:
La acción de coaccionarme mediante sutilezas para mantener relaciones sexuales en mi desacuerdo puede acarrear problemas juridicos.

.
 
Mentira.

En primer lugar. Se define el delito de coacciones como: "una infracción penal que afecta la libertad de obrar de las personas, requiriéndose para la existencia del delito que se haya producido efectivamente ese resultado".

Mi clienta JAMAS ha caído en un presunto delito de coacciones. A las pruebas me remito.

Estos son los motivos que indican si se ha incurrido en tal delito:

1. Una dinámica comisiva encaminada a un resultado que puede ser de doble carácter:

* Impedir a alguien hacer lo que la Ley no prohíbe.
* Compelerle a hacer lo que no quiera, sea justo o injusto.

Miksasund no te prohíbe cumplir la Ley ni tampoco te compele (obliga) a hacer algo que tú no quieres. Solo insinúa un deseo (NO constituye delito)

2. Que tal actividad se plasme en una conducta de violencia, no sólo física sino también la intimidación o incluso la fuerza en las cosas.

JAMAS mi clienta ha expresado sus deseos empleando violencia física o verbal

3. Que esa conducta ofrezca una cierta intensidad, ya que si esta última fuera de tono menor aparecería como apropiada la apreciación de una falta.

Los deseos de mi clienta NO tiene una continuidad demostrable en el tiempo, son solo insinuaciones que se le ocurren "de vez en cuando" sin ajustarse a tiempos o a una estrategia predefinida.


4. Existencia de un elemento subjetivo que incluye no sólo la conciencia y voluntad de la actividad que se realiza sino también un ánimo tendencial de restringir la libertad de obrar ajena.

Mi clienta, como se expuso en el punto 1, no pretende JAMAS coaccionar al sujeto (punky) para mantener relaciones sexuales, llegando incluso a expresar que dichas relaciones son de a cuerdo a Ley, cosa que no tenía porque hacer. Puede que mi clienta exiba ese elemento subjetivo de tener voluntad de mantener relaciones contigo pero no pretende coaccionarte de ningún modo, ergo al faltar un elemento, este punto tb 4º también es insuficiente.

5. Ausencia de autorización legítima para obrar en forma coactiva.

Dicha autorización existe pues en España la edad legal para mantener relaciones sexuales sijetas a Ley son los 13 años en este momento.

Para que el delito de coacciones sea demostrable es OBLIGATORIO que se cumplan TODOS los requisitos antes enunciados y dado que ninguno es demostrable JAMAS podrás acusar a mi clienta de coacciones.
 
Me comentan que pedobear aprueba la tematica de este hilo























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