El juzgado de lo Penal número 1 de Granada ha ordenado la detención e ingreso en prisión de Juana Rivas para cumplir la condena firme de dos años y seis meses de prisión por un supuesto delito de sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2016. El magistrado Manuel Piñar Díaz rechaza suspender la ejecución de la pena.
Mediante el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y adelantado por el diario Ideal, el juez ha librado un oficio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que localicen a la madre de Maracena en un plazo no superior a 15 días a fin de notificarle la resolución de ingreso en prisión.
El Juzgado reclama también a Juana Rivas el pago de la indemnización de 12.000 euros para resarcir a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, que tiene la custodia de los niños en Carloforte, con apercibimiento de proceder a la vía de apremio en caso de impago. En el mismo auto se dirige un exhorto al Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento de los menores a fin de que quede anotada la privación de la patria potestad de la condenada por un periodo de 6 años.
Esta decisión se produce después de que Juana Rivas agotara el último cartucho que le quedaba para evitar la pena de prisión impuesta por la sustracción de sus dos hijos menores.
Tras una sucesión de pleitos perdidos y un puñado de decisiones equivocadas, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo redujo a dos años y medio la pena de cinco años de cárcel y seis de pérdida de la patria potestad impuesta por la Audiencia Provincial de Granada. Su letrado ha pedido el indulto del Gobierno para librar a la presunta madre coraje de Maracena de entrar en la cárcel por aquel viaje sin retorno que emprendió a España con sus hijos para no entregarlos a su padre, que vivía en Italia.
Cuando en un mismo acto son varios «los menores trasladados o retenidos por su progenitor», no se produce un concurso de delitos sino uno solo del artículo 225 bis del Código Penal, rebate el Supremo. Se produce una lesión del derecho de custodia del progenitor con quien el menor convive (con independencia del número de menores sustraídos) y la paz en las relaciones familiares.
La sentencia incluía el voto particular de los magistrados Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García, al que se adhirió el magistrado Andrés Martínez Arrieta, que eran favorables a confirmar la sentencia de la Audiencia de Granada al considerar que se trata de dos delitos y no de uno.
Mediante el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y adelantado por el diario Ideal, el juez ha librado un oficio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que localicen a la madre de Maracena en un plazo no superior a 15 días a fin de notificarle la resolución de ingreso en prisión.
El Juzgado reclama también a Juana Rivas el pago de la indemnización de 12.000 euros para resarcir a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, que tiene la custodia de los niños en Carloforte, con apercibimiento de proceder a la vía de apremio en caso de impago. En el mismo auto se dirige un exhorto al Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento de los menores a fin de que quede anotada la privación de la patria potestad de la condenada por un periodo de 6 años.
Esta decisión se produce después de que Juana Rivas agotara el último cartucho que le quedaba para evitar la pena de prisión impuesta por la sustracción de sus dos hijos menores.
Tras una sucesión de pleitos perdidos y un puñado de decisiones equivocadas, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo redujo a dos años y medio la pena de cinco años de cárcel y seis de pérdida de la patria potestad impuesta por la Audiencia Provincial de Granada. Su letrado ha pedido el indulto del Gobierno para librar a la presunta madre coraje de Maracena de entrar en la cárcel por aquel viaje sin retorno que emprendió a España con sus hijos para no entregarlos a su padre, que vivía en Italia.
Un único delito de sustracción de menores
El Supremo estimó parcialmente el recurso de casación que su abogado, Carlos Aránguez, presentó para recortar una pena que consideraba «desproporcionada». La sentencia confirma la condena pero considera que cometió un único delito y no dos, como concluyó la Audiencia, que le impuso dos años y medio de prisión por cada uno de los menores sustraídos.Cuando en un mismo acto son varios «los menores trasladados o retenidos por su progenitor», no se produce un concurso de delitos sino uno solo del artículo 225 bis del Código Penal, rebate el Supremo. Se produce una lesión del derecho de custodia del progenitor con quien el menor convive (con independencia del número de menores sustraídos) y la paz en las relaciones familiares.
La sentencia incluía el voto particular de los magistrados Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García, al que se adhirió el magistrado Andrés Martínez Arrieta, que eran favorables a confirmar la sentencia de la Audiencia de Granada al considerar que se trata de dos delitos y no de uno.
El juez ordena el ingreso en prisión de Juana Rivas para cumplir la condena por sustraer a sus hijos
El magistrado rechaza suspender la ejecución de la pena y manda a las Fuerzas de Seguridad a que la localicen
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